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Documento BORME-C-2022-6177

AGRO MILLORA CATALANA, S.A.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
TALIBIA SPAIN, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 7427 a 7427 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6177

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43, 49 y 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el accionista único de Agro Millora Catalana, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente"), en fecha 30 de junio de 2022 ha aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente, la fusión por absorción de TALIBIA SPAIN, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida") por parte de la Sociedad Absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 22 de junio de 2022 (la "Fusión").

La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedades Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital de la Sociedad Absorbente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.3º LME por remisión del artículo 52 LME, se hace constar que la operación de Fusión tendrá lugar sin que la Sociedad Absorbente aumente su capital social.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME, en la medida en que la Sociedad Absorbida es titular de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente, la decisión de Fusión se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida de obtener el texto íntegro de los acuerdos de Fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades implicadas en la Fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Sant Sadurní d'Anoia, 19 de septiembre de 2022.- Administrador único de Agro Millora Catalana, S.A.U. y Talibia Spain, S.L.U., Namozul Spain, S.L, a través de su representante persona física, D. Carles Sumarroca Claverol.

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