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Documento BORME-C-2022-6214

RECREATIVOS MAFARI, S.A.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
ACTIMPO, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 185, páginas 7465 a 7465 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6214

TEXTO

De conformidad con los artículos 73.1 y 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que el 21 de septiembre de 2022, el accionista único de RECREATIVOS MAFARI, S.A.U. (la "Sociedad Escindida") y el socio único de ACTIMPO S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria") han aprobado la escisión parcial a favor de la Sociedad Beneficiaria, en los términos establecidos en el proyecto común de escisión parcial de fecha 30 de junio de 2022 (el "Proyecto").

La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal de una parte del patrimonio de la Sociedad Escindida, consistente en una unidad económica, formada por los activos y pasivos que conforman su negocio inmobiliario, es decir su actividad de promoción y arrendamiento de inmuebles, junto con los medios materiales y humanos necesarios, a la Sociedad Beneficiaria. La escisión parcial se efectúa con cargo a reservas voluntarias de la Sociedad Escindida, no produciéndose ninguna reducción de capital en la misma.

Asiste: (i) al accionista único, al socio único y acreedores de las sociedades intervinientes el derecho a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas por las sociedades de las que sean accionistas, socios o acreedores, así como los balances de escisión y (ii) a los acreedores que estén en el caso del artículo 44 de la LME el de oponerse a la escisión con los efectos legales previstos, en el plazo de un mes desde el último anuncio.

Pontevedra, 22 de septiembre de 2022.- El Administrador Solidario de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria, José Manuel Fariña Álvarez.

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