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Documento BORME-C-2022-6267

APARCA OPERATIVA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CHICAMA DIRECTORSHIP, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 7533 a 7533 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6267

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009,de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el día 12 de septiembre de 2022, por decisión del socio único de APARCA OPERATIVA, S.L.U., en el ejercicio de sus competencias, fue aprobada la fusión por absorción de CHICAMA DIRECTORSHIP, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbida") por parte de APARCA OPERATIVA, S.L.U. (en adelante, "Sociedad Absorbente") y transmisión en bloque y por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, la cual quedará completamente extinguida sin necesidad de liquidación.

Todo ello, de conformidad con los balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2021, debidamente aprobados, y con el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2022, suscrito y aprobado en esa misma fecha por el órgano de administración de las sociedades participantes. Además, se pone de manifiesto que la presente fusión por absorción se lleva a cabo mediante el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49.1 LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME, al tratarse de una fusión aprobada por el socio único de la Sociedad Absorbente de conformidad con el artículo 49.1 LME, no era preceptivo publicar o depositar los documentos exigidos por ley con carácter previo al acuerdo de fusión. No obstante lo anterior, las sociedades intervinientes en la fusión depositaron voluntariamente el proyecto común de fusión en el Registro Mercantil de Vizcaya y en el Registro Mercantil de Madrid.

Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las sociedades participantes a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y de los respectivos balances de fusión. También, de conformidad con el artículo 44 LME, se hace constar el derecho de todos los acreedores de cualquiera de las sociedades participantes a oponerse a la fusión en los términos previstos en dicho artículo 44 LME y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Bilbao (Vizcaya) y Madrid (Madrid), 27 de septiembre de 2022.- D. José María Lozano Muñoz y D. Santiago García de Juana, Administradores Mancomunados tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad Absorbida.

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