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Documento BORME-C-2022-6421

PIZARRAS ROZADAIS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PIZARRAS LOMBA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 193, páginas 7707 a 7707 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6421

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de "Pizarras Lomba, S.L.U." (Sociedad Absorbida) por "Pizarras Rozadais, S.L." (Sociedad Absorbente).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, en fecha 22 de septiembre de 2022, la Junta General de "Pizarras Rozadais, S.L." (la "Sociedad Absorbente") y el socio único de "Pizarras Lomba, S.L.U." (la "Sociedad Absorbida"), han aprobado la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes el día 27 de junio de 2022.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de participaciones sociales de la Sociedad Absorbente al socio de la Sociedad Absorbida, y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

La fusión ha sido aprobada por unanimidad y en Junta Universal y Decisiones del Socio Único de ambas sociedades intervinientes en la fusión, por lo que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 LME, no resulta necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos por la ley, ni emitir informe de administradores sobre el proyecto común de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

A Medua, s/n, Carballeda de Valdeorras, Ourense, 29 de septiembre de 2022.- Representante persona física del administrador único, Cupire Padesa, S.L.U, D. Javier Fernández Fernández.

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