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Documento BORME-C-2022-6444

Q-ENERGY DIANA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
Q-ENERGY NORBA, S.L.U.;
ACSM HELIOS INVERSIONES, S.L.U.;
ALCARRIA RENOVA, S.L.U.;
ANCARCOL SOLAR 94, S.L.U.;
ASTROENER, S.L.;
BASLEN, S.L.U.;
BISDEN INVERSIONES, S.L.U.;
CARPIO COLON ALEJANDRA, S.L.U.;
CARPIO COLON ÁLVARO, S.L.U.;
CARRO MARINA ANTONIO 000969592N, S.L.N.E.;
CEIBA PROYECTOS E INVERSIONES, S.L.U.;
CLETIDOS COPIO, S.L.U.;
COLON MATEOS ANA, S.L.U.;
COLON MATEOS MARIA, S.L.U.;
CRISSOLEIL, S.L.U.;
DAIPLANSO, S.L.U.;
FAISANES DEL SOL, S.L.U.;
FREYRE PALMA ASOCIADOS, S.L.U.;
INNOVABUR, S.L.U.;
INVERSOL ENERGIAS RENOVABLES, S.L.U.;
JAMUGARRE, S.L.U.;
LOWMAR ENERGY, S.L.U.;
MACASAMA INVERSIONES, S.L.U.;
MALOBRACO FOTOVOLTAICA, S.L.U.;
NAXOSOLEIL, S.L.U.;
ODISEA SOLAR ENERGÍAS RENOVABLES, S.L.U.;
ORIGINALCLAU SOLAR 1, S.L.U.;
PAUMA ENERGÍA, S.L.U.;
RALEX 7480, S.L.U.;
REDING & MONTE SANCHA, S.L.U.;
SCHMID, CHRISTOPH JOHANN ULRICH 001038001F, S.L.N.E.;
SEBASMET, S.L.U.;
SOLIMAR FOTOVOLTAICA, S.L.U.;
SUMARSALI, S.L.U.;
TARIGAMAR PROJECT, S.L.U.;
VILLAHITA, S.L.U.
VISARAÑA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 7732 a 7733 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6444

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la junta general universal y extraordinaria de socios de la sociedad Q-Energy Diana, S.L., (la "Sociedad Absorbente") aprobó el día 28 de septiembre de 2022 su fusión, mediante la absorción de las siguientes sociedades: Q-energy Norba, S.L.U; Acsm Helios Inversiones, S.L.U.; Alcarria Renova, S.L.U.; Ancarcol Solar 94, S.L.U.; Astroener, S.L.; Baslen, S.L.U.; Bisden Inversiones, S.L.U.; Carpio Colon Alejandra, S.L.U.; Carpio Colon Álvaro, S.L.U.; Carro Marina Antonio 000969592N, S.L.N.E.; Ceiba Proyectos e Inversiones, S.L.U.; Cletidos Copio, S.L.U.; Colon Mateos ana, S.L.U.; Colon Mateos Maria, S.L.U.; Crissoleil, S.L.U.; Daiplanso, S.L.U.; Faisanes del Sol, S.L.U.; Freyre Palma Asociados, S.L.U.; Innovabur, S.L.U.; Inversol Energias Renovables, S.L.U.; Jamugarre, S.L.U.; Lowmar Energy, S.L.U.; Macasama Inversiones, S.L.U.; Malobraco Fotovoltaica, S.L.U.; Naxosoleil, S.L.U.; Odisea Solar Energías Renovables, S.L.U.; Originalclau Solar 1, S.L.U.; Pauma Energía, S.L.U.; Ralex 7480, S.L.U.; Reding & Monte Sancha, S.L.U.; SCHMID, CHRISTOPH JOHANN ULRICH 001038001F, S.L.N.E.; Sebasmet, S.L.U.; Solimar Fotovoltaica, S.L.U.; Sumarsali, S.L.U.; Tarigamar Project, S.L.U.; Villahita, S.L.U. y Visaraña, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente.

En la medida en que las Sociedades Absorbidas están íntegramente participadas de forma directa e indirecta por la Sociedad Absorbente y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad de la junta general de socios de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49.1 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 28 de septiembre de 2022.- Los Administradores Solidarios de la Sociedad Absorbente Q-Energy TYG IV, S.C.R., S.A., debidamente representada por su representante persona física y Q-ENERGY CLAVE, S.L., debidamente representada por su representante persona física, D. Óscar Pérez Marcos y D. José Ramón Fernández Hernansaiz y D. Manuel Espinosa Balaca.

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