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De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales (en adelante, "LME"), se hace público que en fecha 30 de septiembre de 2022, el socio único de la mercantil ADADE ALICANTE, S.L.U., acordó en junta universal y por unanimidad la fusión por absorción de ADADE ALICANTE, S.L.U por parte de GALAN & ASOCIADOS CONSULTORES, S.L., con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la atribución de su patrimonio íntegro a título universal, a la sociedad absorbente.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto Común de Fusión redactado por el Administrador Único de la Sociedad Absorbente y el Administrador Único de la sociedad absorbida, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME, habida cuenta de que la sociedad absorbente es titular de forma directa del 100% del capital social de la sociedad absorbida.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME no procede la publicación ni el depósito de los documentos exigidos por la ley, al haberse adoptado el acuerdo en Junta General Universal, por el socio único de la sociedad absorbente y la sociedades absorbida.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, de acuerdo con el artículo 43 de la LME. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Alicante, 8 de octubre de 2022.- Administrador único de Galán & Asociados Consultores, S.L. y Adade Alicante, S.L.U, José Antonio Galán Guijarro.
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