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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 42, 43, 49 y 52 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que con fecha de 30 de junio de 2022, la totalidad de los socios de la entidad GOUDA INVESTMENT, S.L. ("Sociedad Absorbida"), la cual a su vez es Socio Único de la mercantil INVERSIONES LAURON, S.L. Unipersonal ("Sociedad Absorbente"), reunidos en Junta General Extraordinaria y Universal, acordaron por unanimidad: (1) reducir el capital social de la Sociedad Absorbente INVERSIONES LAURON, S.L.U., en la cifra de 2,00 euros, quedando en consecuencia fijado en 30.048,00 euros, mediante la amortización de 2 participaciones sociales, con la finalidad de ajustar el número de participaciones sociales para la posterior adjudicación de las mismas a los socios de la Absorbida, consecuencia del siguiente acuerdo social a adoptar; y (2) aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida GOUDA INVESTMENT, S.L., por parte de la Sociedad Absorbente INVERSIONES LAURON, S.L.U., en su modalidad de fusión especial inversa según lo dispuesto en los artículos 42, 49 y 52 LME, al hallarse la Sociedad Absorbente íntegramente participada por la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 30 de junio de 2022.
Como consecuencia de la fusión, se disuelve sin liquidación la Sociedad Absorbida GOUDA INVESTMENT, S.L. y se produce la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente INVERSIONES LAURON, S.L.U., la cual adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida. Asimismo, se hace constar que se adjudican las participaciones sociales de la Absorbente a los socios de la Absorbida, y en consecuencia, la Absorbente cesa en su condición de sociedad unipersonal.
Puesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado: (i) en Junta Universal; (ii) de forma unánime por todos los socios; (iii) por sociedad íntegramente participada en su modalidad inversa; y (iv) sin que se requiera aumentar el capital social en la sociedad resultante de la fusión; no ha sido necesario publicar ni depositar los documentos exigidos por la Ley, ni tampoco informe de administradores ni de expertos independientes sobre el Proyecto Común de Fusión, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 52 LME.
Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de cada una de las sociedades a fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del Proyecto Común de Fusión, así como de los respectivos balances de fusión, los cuales han sido cerrados a 31 de diciembre de 2021 dentro de los seis meses anteriores a la fecha tanto del Proyecto Común de Fusión. Igualmente, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión, todo ello en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Madrid, 30 de junio de 2022.- Dª. Estela López Jiménez y Dª. Aida López Jiménez, Presidenta y Secretaria, respectivamente, del Consejo de Administración tanto de la Sociedad Absorbente INVERSIONES LAURON, S.L.U. como de la Sociedad Absorbida GOUDA INVESTMENT, S.L.
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