Content not available in English

You are in

Documento BORME-C-2022-6807

LANAQUERA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LANAQUERA, S.L.
LANTERPACK, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 206, páginas 8160 a 8160 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6807

TEXTO

De conformidad con los dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que, en la Junta General Extraordinaria y Universal de los socios de Lanaquera, S.L., celebrada el día 21 de junio de 2022, se acordó por unanimidad proceder a la escisión total de Lanaquera, S.L. (la "Sociedad Escindida"), mediante su extinción sin liquidación, con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque, por sucesión universal, a favor de dos Sociedades Beneficiarias de nueva creación denominadas "Lanterpack, S.L." y "Lanaquera, S.L.", quien mantendrá la denominación de la Sociedad Escindida, en aplicación del artículo 418.2 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil (el "RRM") (las "Sociedades Beneficiarias"). Las Sociedades Beneficiarias adquirirán, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio segregado que les corresponda, en los términos y condiciones del proyecto de escisión total suscrito y formalizado por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida, el 1 de marzo de 2022.

Las dos nuevas Sociedades Beneficiarias se constituirán simultáneamente como consecuencia de la escisión total proyectada y previa extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida, participando todos los socios de ésta en el capital social de las Sociedades Beneficiarias creadas en la misma proporción que participaban en la Sociedad Escindida, todo ello de acuerdo al artículo 78.bis de la LME, y lo dispuesto en el artículo 49, por remisión del 73.1, ambos de la LME.

De conformidad con lo establecido en la LME, se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la Sociedad Escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como del Balance de Escisión. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión total en el plazo y los términos previstos en la propia LME.

En Valencia, 14 de octubre de 2022.- La Administradora Única de la Sociedad Escindida Lanaquera, S.L, Doña María Teresa Lanaquera Teresi.

subir

State Agency Official State Gazette

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid