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Documento BORME-C-2022-7061

ADMINISTRADORA MEDINACELI, S.A

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 8457 a 8457 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-7061

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad Mercantil "ADMINISTRADORA MEDINACELI, S.A", con domicilio social en Carretera de Boadilla nº 12, 8, Local 3 de Majadahonda (28221-Madrid), provista de CIF número A82727157, celebrada el 3 de Noviembre de 2022, adoptó, por unanimidad, de conformidad con la Ley y los Estatutos, el acuerdo de proceder a la reducción de capital por amortización de sus acciones propias.

En lo referente a la reducción de capital para amortizar acciones propias se acordó reducir el capital en la cifra de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (446.248 €), con la finalidad de amortizar las siguientes 446.248 acciones de la propia Compañía, ADMINISTRADORA MEDINACELI, S.A. numeradas del 2.247.796 al 2.528.768, ambos inclusive, y numeradas del 2.975.017 al 3.140.291, ambos inclusive, de un valor nominal por acción de UN euro, que poseía la Sociedad en autocartera.

A los efectos oportunos, se hace constar que la Sociedad adquirió las citadas acciones propias objeto de amortización en pleno cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital.

La reducción de capital social no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

Asimismo, la Junta General ha acordado, conforme al artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital, efectuar la reducción con cargo a reservas de libre disposición y dotar con cargo a reservas libres una reserva por importe del valor nominal de las acciones objeto de amortización, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social. En consecuencia, de conformidad con dicho artículo, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital acordada.

Se procede a la renumeración de las acciones y a la sustitución de los títulos existentes.

Finalmente, como resultado de todo lo anterior, se acordó modificar el artículo QUINTO de los Estatutos Sociales, como sigue:

"Artículo 5.- El Capital Social es de 2.859.318 euros íntegramente desembolsado.

Dicho Capital Social, está dividido en 2.859.318 acciones de Un Euro, cada una de ellas, de una sola serie y clase, numeradas correlativamente de la 1 a la 2.859.318, ambas inclusive, nominativas y representadas por títulos que podrán ser múltiples."

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital y ampliación simultánea en el plazo de un mes, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Majadahonda (Madrid), 3 de noviembre de 2022.- Don Jonás Cogolludo Herrero, Administrador solidario.

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