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Documento BORME-C-2022-7112

JUAN IGUARAN, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
J. IGUARAN, S.L.U. BM ICONIC HOMES, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 8514 a 8514 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7112

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el respectivo socio único de las sociedades JUAN IGUARAN, S.L.U. (la "Sociedad Escindida") y J. IGUARAN, S.L.U. y BM ICONIC HOMES, S.L.U. ("Sociedades Beneficiarias"), en fecha 3 de junio de 2022, aprobó la escisión total de la Sociedad Escindida, que se extinguirá vía disolución sin liquidación con la consiguiente división de todo su patrimonio en dos partes y su traspaso en bloque a favor de las Sociedades Beneficiarias preexistentes, todo ello conforme al Proyecto Común de Escisión Total formulado y suscrito el 2 de junio de 2022("Proyecto de Escisión") por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la operación de escisión total.

Dado que la sociedad escindida es unipersonal, de conformidad con los artículos 42, 77 y 78 LME, por remisión del art. 73 LME, no es preciso publicar o depositar previamente el Proyecto de escisión, ni la elaboración de informe de administradores, ni informe de expertos independientes sobre el Proyecto de escisión.

Y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes. a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como a oponerse a la escisión con los efectos legalmente previstos en el plazo de un (1) mes desde la última publicación del acuerdo de escisión total.

Leaburu, Gipuzkoa., 7 de noviembre de 2022.- Administradora Única de la Sociedad Escindida, Juan Iguaran, S.L.U., así como de las Sociedades Beneficiarias, J. Iguaran, S.L.U. y BM Iconic Homes, S.L.U, Doña Miren-Jasone Iguaran Urcola.

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