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Documento BORME-C-2022-7571

PROMOCIONES MAGRIL TRES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
KEOS BUSINESS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 9042 a 9042 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7571

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de "Promociones Magril Tres, S.L., aprobó el día 15 de noviembre de 2022 la fusión por la que "Promociones Magril Tres, S.L." (Sociedad Absorbente), absorbe a "Keos Business, S.L." (Sociedad Absorbida), así como los Balances de Fusión de ambas sociedades (ambos de fecha 31 de Agosto de 2022, que no precisan verificación de auditores de cuentas), produciéndose con ello la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con el traspaso en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar que la fusión gemelar por la que "Promociones Magril Tres, S.L." absorbe a "Keos Business, S.L." se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 52.1, 49.1 y 42 de la LME, dado que la Sociedad absorbente y absorbida están íntegramente participadas de forma directa y en la misma proporción por los mismos socios. Así mismo, en aplicación del artículo 49.3 de la LME, no habrá en la fusión tipo de canje ya que la sociedad absorbente no amplía su capital, sino que se refleja como reserva de fusión el aumento de patrimonio que recibe de la absorbida.

La fusión por absorción se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el articulo 42 de la LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni elaboración del informe de administradores sobre aquél.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Fusión adoptados y de los respectivos Balances de Fusión, así como del derecho de todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades Participantes a oponerse a la Fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de Fusión. Se hace constar que la anterior información está, asimismo, a disposición de los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales, pudiendo examinarla en el domicilio social de dichas sociedades o, si así lo solicitan, mediante la entrega o envío gratuito de dicha información.

Rubí, 15 de noviembre de 2022.- Manuela Gómez Rasco, Administrador único de Promociones Magril Tres, S.L, Y Alejandro Gil Gómez, Administrador único de Keos Business, S.L.

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