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Documento BORME-C-2022-7641

GLOBAL ZARATHOS, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
GLOBAL ZARATHOS REAL ESTATE, S.L. GLOBAL ZARATHOS MARITIME, S.L. GLOBAL ZARATHOS INVESTMENTS, S.L. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 9119 a 9119 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7641

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73.1, ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad Global Zarathos, S.L. (la "Sociedad Escindida"), en fecha 17 de noviembre de 2022, aprobó por unanimidad la escisión total de Global Zarathos, S.L., con división total de su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a favor de tres sociedades beneficiarias de nueva constitución que se denominarán "Global Zarathos Real Estate, S.L.", "Global Zarathos Maritime, S.L." y "Global Zarathos Investments, S.L." (las "Sociedades Beneficiarias"). Las tres nuevas sociedades beneficiarias se constituirán simultáneamente como consecuencia de la escisión total y previa extinción sin liquidación de la Sociedad Escindida, recibiendo los socios de la Sociedad Escindida un número de participaciones de las tres Sociedades Beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la Sociedad Escindida.

Sirve de base para esta operación el balance de escisión cerrado a 30 de septiembre de 2022 y aprobado por la misma Junta de la Sociedad Escindida de forma unánime. La escisión total proporcional implicará la transmisión por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Escindida, que quedará disuelta y extinguida, en tres bloques, a favor de las tres Sociedades Beneficiarias que se constituyen al efecto, con el consiguiente traspaso de los activos y pasivos de la Sociedad Escindida, en los términos del proyecto de escisión total proporcional suscrito en fecha 17 de octubre de 2022 por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida.

Dado que el acuerdo de escisión total ha sido aprobado de forma unánime por parte de la Junta de Socios de la Sociedad Escindida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 en relación con el artículo 73.1 y el artículo 78 bis de la LME no ha resultado necesario: (i) publicar o depositar previamente a la aprobación los documentos exigidos por la ley; (ii) preparar el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión total; y (iii) preparar el informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión total.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión. Asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a los acreedores de la Sociedad Escindida a oponerse a la escisión total durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión en los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME.

Madrid, 17 de noviembre de 2022.- El Administrador Único de la Sociedad Escindida, Juan José Moisés Arroyo García.

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