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Documento BORME-C-2022-7746

CARNES IBERICAS DEL NORTE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CARNICAS SAENZ, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 9238 a 9238 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7746

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Socio Único de las sociedades CARNES IBERICAS DEL NORTE, S.L.U., y CARNICAS SAENZ, S.L.U., constituido en Junta General Extraordinaria y Universal de Socios el día 24 de noviembre de 2022, ha acordado la fusión y absorción de CARNICAS SAENZ, S.L.U. por CARNES IBERICAS DEL NORTE, S.L.U.

Dicha operación de fusión por absorción se aprobó con las menciones recogidas en el Proyecto Común de Fusión, de fecha 24 de noviembre de 2022, redactado y suscrito por los administradores solidarios de ambas sociedades, aprobándose asimismo el balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, no habiendo sido necesario la publicidad del Proyecto Común de Fusión ni el depósito en el Registro Mercantil al haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por la totalidad de los socios de cada una de las sociedades que participan en la fusión, como establece el artículo 42 de la LME.

Se trata de una fusión especial entre sociedades hermanas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. En consecuencia puede llevarse a cabo por el procedimiento abreviado previsto en el artículo 49.1 por remisión del artículo 52.1 de la LME, que determina la no necesidad de incluir en el proyecto de fusión las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME.

La fusión por absorción se realizará mediante la integración de ambos patrimonios e implicará la extinción de CARNICAS SAENZ, S.L.U., y la transmisión en bloque de su patrimonio social a CARNES IBERICAS DEL NORTE, S.L.U., la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de CARNICAS SAENZ, S.L.U. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación de capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto. Tampoco será necesaria la emisión del informe de los administradores ni de experto independiente a que se refieren los artículos 33 y 34 de la LME.

En cumplimiento con el artículo 43.1 de la LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, se hace constar el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, en los términos previstos en dicho artículo.

Astigarraga, 25 de noviembre de 2022.- Los Administradores Solidarios de Carnes Ibéricas del Norte, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y de Cárnicas Saenz, S.L.U. (Sociedad Absorbida), Juan (Jon) Gorostiaga Iraola y Francisco de Borja Zubiaurre Bermejo.

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