Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-7804

PREVING INVESTMENTS GROUP, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PREVING INVESTMENTS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 9299 a 9299 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7804

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general universal extraordinaria de socios de Preving Investments Group, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 28 de noviembre de 2022, y el socio único de Preving Investments, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida"), en la misma fecha, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las Sociedades a Fusionar, con fecha 22 de noviembre de 2022 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado en la junta general de socios de la Sociedad Absorbente con la asistencia o representación de todos ellos y por unanimidad, y por el socio único de la Sociedad Absorbida, la fusión no exige la necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley, ni informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Badajoz, 28 de noviembre de 2022.- Secretario no consejero de las Sociedades a Fusionar, Jaime Bragado Yturriaga.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid