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Documento BORME-C-2022-7904

INRESA FINANZAS, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 230, páginas 9420 a 9421 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-7904

TEXTO

De conformidad con los Acuerdos de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INRESA FINANZAS, SICAV, S.A., de fecha 14 de noviembre de 2022, así como los artículos 319 y 346 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se han adoptado por unanimidad, entre otros, los acuerdos siguientes:

I. La derogación íntegra de los actuales Estatutos Sociales y la aprobación de un nuevo texto refundido de acuerdo con la normativa de aplicación, modificando, entre otros, su objeto social, siendo la nueva redacción del artículo 2 de los Estatutos Sociales relativo al objeto social la siguiente:

"Artículo 2º.

La sociedad tendrá como objeto social:

a) La adquisición, tenencia, administración, dirección y gestión de títulos, acciones, participaciones sociales, o cualquier forma de representación de participación en el capital de entidades mercantiles, así como de obligaciones, canjeables o no, bonos comerciales, partes de fundador, bonos de disfrute, valores mobiliarios de renta fija o variable, admitidos o no a cotización en bolsas oficiales, derechos de suscripción de sociedades españolas o extranjeras, incluidos bonos y pagarés del Tesoro, Deuda Pública, letras de cambio y certificados de depósito, todo ello con plena sujeción a la legislación aplicables, y exclusión expresa de las actividades reguladas por la legislación de los mercados de valores e Instituciones de Inversión Colectiva.

b) La adquisición, enajenación, tenencia, administración, arrendamiento y explotación, bajo cualquier forma o modalidad, así como la promoción, parcelación y urbanización; construcción, rehabilitación, mantenimiento y conservación, compra, venta, tenencia, arrendamiento y explotación por cualquier título de bienes inmuebles, cualquiera que sea su naturaleza, incluida la prestación de los servicios propios de un centro de negocios; la división, segregación o agrupación de terrenos que, según la Ley del Suelo, tengan la consideración de solares, y la división y adjudicación de los poseídos por comunidades de bienes) y la realización de toda clase de operaciones inmobiliarias incluido el asesoramiento en esta materia. Queda excluido el arrendamiento financiero activo y aquellas actividades que, hallándose sujetas a legislación especial, requieran unas formalidades o requisitos distintos a los que reúne esta Sociedad.

c) Explotaciones agropecuarias de todo tipo; comprar, vender o alquilar terrenos, maquinaria, instalaciones, ganado, productos agrícolas, productos ganaderos, derivados, transformados, conservas, etc. Realización o subcontratación de obras de construcción, mejora y adecuación de terrenos o instalaciones para el desarrollo de la actividad. Y todas las actividades agropecuarias en general.

d) Importar y exportar maquinaria, ganado, productos agropecuarios y sus derivados, equipos, materiales y tecnología relacionada con los fines anteriores.

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas, total o parcialmente, de modo directo o indirecto, mediante la titularidad de acciones o de participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo. Si la realización de las anteriores actividades requiriese la obtención de licencia, autorización administrativa, concesión o cualquier otro título habilitante, la Sociedad no comenzará a desarrollarlas hasta el momento en que obtenga la correspondiente licencia, autorización administrativa, concesión o título habilitante. Si la realización de las anteriores actividades estuviera reservada a quienes debieran ostentar un determinado título profesional, las mismas serán realizadas en la Sociedad a través de persona que estuviera en posesión del correspondiente título profesional.

Dichas actividades podrán ser realizadas tanto en el ámbito nacional como en el internacional."

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas que no hubieran votado a favor del acuerdo de modificación de objeto social de en el plazo de un mes ejercer su derecho de separación, conforme al artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital, procediéndose a su ejecución una vez finalizado el mismo sin haberse procedido al ejercicio del derecho.

I. Reducir, tanto por unanimidad de los asistentes a dicha Junta, como por unanimidad de los accionistas afectados que están presentes y que equivalen al 56,82 % de los accionistas afectados, el capital social, con la finalidad de devolver las aportaciones a determinados accionistas, por importe de 528 euros, mediante la amortización de las acciones titularidad de dichos accionistas.

Con motivo del acuerdo de reducción de capital de la Sociedad, el capital social pasa a estar representado por DOS MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL DOSCIENTAS DOCE acciones, de 6 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 1 al 2.117.212, ambos inclusive, lo que representa un capital social total de 12.703.272 €, totalmente suscrito y desembolsado, modificándose en consecuencia el artículo 5º de los Estatutos Sociales.

Igualmente, y como consecuencia del acuerdo de reducción de capital de la Sociedad y la devolución de aportaciones a determinados accionistas, la suma que habrá de abonarse a los mismos será de 10,060837 euros por acción, siendo un total de 88 las acciones afectadas.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 334 a 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

El acuerdo de reducción de capital será ejecutado una vez finalizado el plazo para el ejercicio del derecho de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 29 de noviembre de 2022.- El Administrador Solidario, Julio Antonio Revilla Saavedra.

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