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Documento BORME-C-2022-8167

ROTRISA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GLOBAL JORAM, S.L.
NETHUNS 1965, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 243, páginas 9724 a 9724 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-8167

TEXTO

En cumplimiento de los dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") y disposiciones concordantes, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de Rotrisa, S.L.(la "Sociedad"), celebrada el día 1 de noviembre de 2022, aprobó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad, mediante la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes, para su traspaso respectivo en bloque, por sucesión universal, a las siguientes dos sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación, GLOBAL JORAM, S.L. y NETHUNS 1965, S.L. (las "Sociedades Beneficiarias"), todo ello en los términos y condiciones previsto en el proyecto de escisión suscrito por el Administrador Único de la Sociedad.

Las referidas Sociedades Beneficiarias se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión total de la Sociedad, todo ello previa disolución sin liquidación de la Sociedad, adquiriendo las Sociedades Beneficiarias de nueva creación, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido que, respectivamente, se les ha atribuido.

Se hace constar que la presente escisión total se acoge al régimen especial del artículo 42 de la LME, por remisión del artículo 73.1, al haber sido adoptado el acuerdo de escisión por la Junta General de la sociedad escindida con carácter de universal y por unanimidad, con el consentimiento individual de cada uno de los socios.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la LME por remisión del artículo 73, el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la escisión, así como el derecho de oposición a la escisión que corresponde a los acreedores de la Sociedad en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Almería, 15 de noviembre de 2022.- El Administrador Único de Rotrisa, S.L, Joaquín Ropero Amate.

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