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Documento BORME-C-2022-8192

ALKAIN I RIBA AUDITORS, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
MANGLAR DIGITAL, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 244, páginas 9756 a 9757 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-8192

TEXTO

Anuncio de Acuerdo de Escisión parcial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73.1, de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de "Alkain i Riba auditors, S.L." ("sociedad parcialmente escindida"), celebrada en su domicilio social el día 20 de diciembre de 2022, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Alkain i Riba auditors, S.L. " mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "Manglar Digital, S.L." ("sociedad beneficiaria"), la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial de fecha 20 de diciembre de 2022 redactado y suscrito por los Administradores de "Alkain i Riba auditors, S.L."

La escisión se realiza mediante la transmisión en bloque a favor de la sociedad "Manglar Digital, S.L." de una parte del patrimonio de la sociedad escindida, la cual conforma una unidad económica autónoma e independiente, consistente en las actividades de asesoría y gestión contable, así como la dirección y gestión de la participación de la sociedad en el capital de otras entidades. Permanecerá en la sociedad parcialmente escindida la actividad de auditoría de cuentas.

Resulta de aplicación el régimen previsto en el artículo 78 bis de la LME, dado que los dos socios de la sociedad parcialmente escindida recibirán la totalidad de las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria en la misma proporción a los derechos que tenían en el capital de la sociedad parcialmente escindida, y que la sociedad beneficiaria es de nueva constitución. En consecuencia, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes.

Sirve de base para esta operación el balance de escisión cerrado en fecha 30 de junio de 2022, y aprobado por la misma Junta General de la sociedad escindida de forma unánime.

Asimismo se manifiesta que a la presente escisión le aplica el régimen previsto en el artículo 42 de la LME, al haber sido aprobada en Junta General y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto de la sociedad escindida. En consecuencia, no son de aplicación las normas relativas a la información sobre la escisión previstas en los artículos 39, 40.1 y 40.2 de la LME.

Como consecuencia de la escisión parcial, "Alkain i Riba auditors, S.L." reducirá su capital social.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores, trabajadores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, así como el Balance de escisión; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos del artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de la presente escisión.

Barcelona, 20 de diciembre de 2022.- Jorge de Riba Soldevila, Administrador solidario de "Alkain i Riba Auditors, S.L.".

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