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Documento BORME-C-2022-8223

FAST RECORD UNIT S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRANSLOCATION S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 9792 a 9792 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-8223

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles en adelante "LME", se hace público que los socios de FAST RECORD UNIT, SL., y TRANSLOCATION, S.L.U., han aprobado por unanimidad, reunidos en Junta General Extraordinaria y universal, con fecha 21 de Diciembre de 2.022, la fusión por absorción de ambas sociedades, consistente en la absorción de la sociedad TRANSLOCATION, S.L.U. (sociedad absorbida), por parte de FAST RECORD UNIT, S.L. (sociedad absorbente), con la consecuente disolución de la sociedad absorbida y la transmisión a título universal del patrimonio integro de dicha sociedad a la absorbente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión de fecha 20 de Diciembre de 2.022, que ha sido emitido por el administrador único de ambas sociedades. El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto común de fusión, al ser adoptado en los términos previstos en el artículo 42 de la LME.

Asimismo, y de conformidad con el artículo 39 de la LME, no se exige la emisión de informe de administradores y expertos independientes relativos a la fusión, si bien en el presente caso los administradores de las sociedades participantes en el proceso han suscrito de forma conjunta un proyecto de fusión. Asimismo, se informa del derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos y efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita en el domicilio social de la sociedad absorbida, sito en la Calle Poniente 188 Urb.Monte Alina de Pozuelo de Alarcón-Madrid, 28223, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, los balances de fusión, así como las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que en su caso correspondan a los acreedores.

No existen obligaciones ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las acciones o participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor del administrador de las sociedades intervinientes en la fusión.

Madrid, 22 de diciembre de 2022.- Administrador Unico, Unai Hernando Rodriguez.

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