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Documento BORME-C-2022-8267

INCOME INVERSIONES, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 9842 a 9843 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-8267

TEXTO

De conformidad con los Acuerdos de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Income Inversiones, SICAV, S.A., de fecha 4 de noviembre de 2022, así como los artículos 319 y 346 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se han adoptado por unanimidad, entre otros, los acuerdos siguientes.

I. La derogación íntegra de los actuales Estatutos Sociales y la aprobación de un nuevo texto refundido de acuerdo con la normativa de aplicación, modificando su objeto social, siendo el nuevo objeto social el siguiente:

a) La adquisición, tenencia, administración o enajenación de acciones, obligaciones, bonos, títulos, participaciones sociales, partes de Sociedades, Comunidades de Bienes o derechos de cualquier clase por cuenta propia y con excepción de la intermediación, dejando fuera siempre las actividades objeto de la Legislación de las Instituciones de Inversión Colectiva y de Mercado de Valores, pudiendo participar, intervenir, contratar, regir y administrar toda clase de negocios de personas físicas o jurídicas.

b) La participación en otras sociedades de idéntico o análogo objeto, para el desarrollo del propio de esta Sociedad, mediante la suscripción de acciones o participaciones en la fundación o aumento de capital social de las mismas o la adquisición de ellas por cualquier título.

c) La tenencia por cuenta propia de acciones o participaciones en entidades de todo tipo, tengan o no personalidad jurídica propia, y la dirección y gestión por cuenta de dichas participaciones o acciones, mediante la correspondiente organización de medios materiales y personales que permita, ya sea de una manera directa o indirecta, un ejercicio efectivo de las funciones de dirección de las entidades participadas.

d) La dirección y control de actividades empresariales de las sociedades participadas, en este sentido la sociedad podrá prestar a sus entidades participadas todos aquellos servicios necesarios para la efectiva dirección y gestión de las entidades participadas, incluyendo el caso de que la sociedad pueda ejercer el cargo de administrador de sus sociedades participadas.

e) La consultoría y asesoramiento en materias contables y económicas a todo tipo de empresarios, tanto individuales como sociales.

f) El arrendamiento, compraventa, adquisición y transmisión, por cualquier título o causa de toda clase de inmuebles urbanos o rústicos, incluidos solares y edificaciones de cualquier clase, así como la realización de actividades de promoción inmobiliaria, excepto el arrendamiento financiero o leasing y cualesquiera otras actividades reservadas por Ley a sociedades especiales.

Queda excluida la aplicación de la Ley 2/2007 de 15 de marzo de sociedades profesionales, al ser la presente sociedad de mera intermediación con los profesionales actuantes.

Si para el ejercicio de alguna de tales actividades se precisare la previa obtención de autorizaciones, permisos o concesiones administrativa de cualquier clase, o bien la asistencia o concurso de personal especialmente titulado, colegiado o provisto de determinadas calificaciones profesionales, se entenderá que tales actividades no podrán ser desempeñadas por la Sociedad hasta que se hayan cumplimentado tales requisitos.

Las actividades integrantes del objeto social podrán desarrollarse de manera indirecta mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades de objeto idéntico o análogo. Intervendrán los correspondientes profesionales titulados si alguna disposición legal o reglamentaria lo exigiera.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas que no hubieran votado a favor del acuerdo de modificación de objeto social de en el plazo de un mes ejercer su derecho de separación, conforme al artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital, procediéndose a su ejecución una vez finalizado el mismo sin haberse procedido al ejercicio del derecho.

II. Reducir, tanto por unanimidad de los asistentes a dicha Junta, como por unanimidad de los accionistas afectados que están presentes y que equivalen al 57,14 por 100 de los accionistas afectados, el capital social, con la finalidad de devolver las aportaciones a determinados accionistas, por importe de 70 euros, mediante la amortización de las acciones titularidad de dichos accionistas.

Con motivo del acuerdo de reducción de capital de la Sociedad, el capital social pasa a estar representado por 478.630 acciones, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 1 al 478.630, ambos inclusive, lo que representa un capital social total de 4.786.300 €, totalmente suscrito y desembolsado, modificándose en consecuencia el artículo 5º de los Estatutos Sociales.

Igualmente, y como consecuencia del acuerdo de reducción de capital de la Sociedad y la devolución de aportaciones a determinados accionistas, la suma que habrá de abonarse a los mismos será de 15,25048 euros por acción, siendo un total de 7 las acciones afectadas.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 334 a 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

El acuerdo de reducción de capital será ejecutado una vez finalizado el plazo para el ejercicio del derecho de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Madrid, 21 de diciembre de 2022.- El Administrador Único, Serpitab Gestión, SRL, representada por Don Francisco Javier Gala Navarrete.

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