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Documento BORME-C-2022-8277

GRUPO DISERCO RED, SL (SOCIEDAD ABSORBENTE)
PREDIS LEONESA 2004, SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)
ASTURA PREVENTA Y REPARTO, SLU (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 9853 a 9853 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-8277

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que Grupo Diserco Red, S.L. (Sociedad Absorbente), socio único de las sociedades "Predis Leonesa 2004, S.L.U." (Sociedad Absorbida) y "Astura Preventa y Reparto, S.L.U" (Sociedad Absorbida"), (en conjunta también Sociedades Absorbidas), ha aprobado en Junta General Extraordinaria y Universal celebrada con fecha 21 de diciembre de 2022, la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades a fusionar, con fecha 21 de diciembre de 2022.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales de las Sociedades Absorbidas.

La fusión implica la absorción de las sociedades Absorbidas, con disolución sin liquidación de éstas y traspaso en bloque a título universal de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá todos sus derechos y obligaciones, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el socio único de las sociedades absorbidas, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común, conforme a lo regulado en el artículo 42 de la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y a los acreedores de las Sociedades a fusionar, de obtener el texto integro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión, según lo regulado en el artículo 43 de la LME, e igualmente el derecho que asiste a todos los socios y a los acreedores de las Sociedades a fusionar, de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Valencia, 27 de diciembre de 2022.- Administradores Mancomunados, D. Manuel Gutiérrez de San Miguel Herrera y D. José Manuel Gitrama Alonso.

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