Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-831

MIBANSA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 46, páginas 1031 a 1031 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-831

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social mediante adquisición de acciones propias para su amortización.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la junta general y universal de la sociedad MIBANSA, S.A., en reunión celebrada el 28 de febrero de 2022, acordó, por unanimidad, reducir el capital social mediante la adquisición de acciones propias para su posterior amortización.

En particular, se acordó reducir el capital social por un importe de 275.738,80 euros mediante la amortización de 4.588 acciones de 60,10 euros de valor nominal cada una, acciones que serán adquiridas en ejecución de dicho acuerdo.

Una vez ejecutado el acuerdo de reducción de capital social, éste quedará fijado en 551.417,50 euros dividido en 9.175 acciones de 60,10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 226, ambas inclusive, de la 1.832 a la 1.844, ambas inclusive, de la 1.910 a la 1.922, ambas inclusive, de la 1.988 a la 2.000, ambas inclusive, de la 2.129 a la 2.732, ambas inclusive, de la 2.800 a la 3.149, ambas inclusive, de la 3.937 a la 4.480, ambas inclusive, de la 4.611 a la 5.083, ambas inclusive, de la 6.078 a la 7.005, ambas inclusive, de la 7.171 a la 8.236, ambas inclusive, de la 8.303 a la 10.196, ambas inclusive, de la 10.348 a la 10.420, ambas inclusive, de la 10.499 a la 11.050, ambas inclusive, de la 11.551 a la 12.050, ambas inclusive, de la 12.551 a la 13.400, ambas inclusive, y de la 14.125 a la 15.200, ambas inclusive, modificándose en consecuencia el artículo 5º de los estatutos sociales.

La reducción de capital no entraña devolución de aportaciones a los accionistas, ya que en el momento en que se ejecute la reducción de capital la propia sociedad será titular de las acciones que se amortizarán. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será la amortización de tales acciones propias, una vez consumada la adquisición de las mismas.

Los acreedores de la sociedad podrán formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital en el plazo de un mes desde su última publicación, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

2. El citado acuerdo de reducción de capital social por amortización de acciones propias se ha adoptado de forma unánime y con el consentimiento individual prestado por cada uno de los accionistas, titulares en conjunto del 100% del capital social con derecho de voto. En la propia junta general se ha comunicado a los accionistas la oferta de adquisición de las acciones correspondientes, que ha sido íntegramente aceptada en el mismo acto de la junta por uno de ellos. En consecuencia, no es necesario comunicar en este anuncio la oferta de adquisición a los efectos de lo dispuesto en el artículo 339.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 2 de marzo de 2022.- La administradora solidaria, María Beatriz Iban Pérez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid