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Documento BORME-C-2022-977

PLANVALORE JURÍDICO, S.L.P.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PLANVALORE GARANTÍAS INMOBILIARIAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 1220 a 1220 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-977

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad PLANVALORE JURÍDICO, S.L.P., celebrada el 10 de marzo de 2022, y la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad PLANVALORE GARANTÍAS INMOBILIARIAS, S.L., celebrada el mismo día, acordaron ambas, por unanimidad, la fusión por absorción por la que la Sociedad absorbida PLANVALORE GARANTÍAS INMOBILIARIAS, S.L., se extingue y trasmite su patrimonio a la Sociedad absorbente PLANVALORE JURÍDICO, S.L.P., que adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de la sociedad absorbida.

Todo ello en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión formulado por el órgano de administración de las sociedades partícipes el 15 de enero de 2022 (el "Proyecto de Fusión").

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 42, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, ni de realizar el informe de los Administradores, al haberse adoptado los acuerdos por unanimidad en Juntas Universales de ambas sociedades.

Tampoco ha sido necesario el informe de expertos independientes, por tratarse de un supuesto asimilable a la fusión de sociedades íntegramente participadas (artículos 49 y 52 de la LME).

Se hace constar expresamente, de conformidad con los citados artículos 43 y 44 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de fusión; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.

Cádiz, 14 de marzo de 2022.- El Administrador único de Planvalore Jurídico, S.L.P., y de Planvalore Garantías Inmobiliarias, S.L., Miguel José González Tello.

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