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Documento BORME-C-2023-1061

MISSONI S.P.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ZIG ZAG ESP, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 57, páginas 1305 a 1305 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1061

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 18 de enero de 2023 la junta general de accionistas de la sociedad italiana MISSONI S.p.A. y que el día 7 de marzo de 2023 el socio único de la sociedad de nacionalidad española ZIG ZAG ESP, S.L.U., aprobaron respectivamente, conforme a los requisitos de sus correspondientes legislaciones, la fusión transfronteriza intracomunitaria por absorción de ZIG ZAG ESP, S.L.U. (en adelante "Sociedad Absorbida") por parte de MISSONI S.p.A. (en adelante "Sociedad Absorbente"), quedando MISSONI S.p.A., como sociedad resultante, en los términos del proyecto común de fusión debidamente redactado y suscrito por los administradores de cada una de las sociedades participantes en la fusión con fecha 5 de diciembre de 2022 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona (en adelante el "Proyecto"), así como los balances de fusión de ambas sociedades de fecha 30 de septiembre de 2022.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, de los balances de fusión y, sin gastos, información exhaustiva sobre las condiciones de ejercicio de los derechos que les corresponden, de conformidad con los artículos 43 y 66.2 LME, en los domicilios sociales de las sociedades participantes en la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha del depósito del proyecto de fusión en el Registro Mercantil y no estuviera vencido en ese momento, a oponerse a la fusión hasta que se les garanticen tales créditos, en los términos previstos en el artículo 44 LME por remisión del artículo 55 LME.

En Madrid, 21 de marzo de 2023.- D. Adrian Hewitt Wood, Administrador único de Zig Zag Esp, S.L.U.

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