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Documento BORME-C-2023-1615

URIEL PATRIMONIO INMOBILIARIO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CHAMUEL HOLDING, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 75, páginas 2053 a 2053 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1615

TEXTO

Anuncio de Fusión Inversa por absorción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que, la Junta General Extraordinaria Universal de Socios de "CHAMUEL HOLDING, S.L." (Sociedad Absorbida), y el Socio Único de "URIEL PATRIMONIO INMOBILIARIO, S.L. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad absorbente), en fecha 10 de abril de 2023, aprobaron por unanimidad la Fusión Inversa por absorción por parte de la sociedad "URIEL PATRIMONIO INMOBILIARIO, S.L. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad absorbente) de la entidad "CHAMUEL HOLDING, S.L." (Sociedad Absorbida), produciéndose la transmisión a título universal del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito por los órganos de administración de las Sociedades participantes en la fusión en fecha 28 de febrero de 2023, que ha quedado inscrito en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 29 de marzo de 2023 y publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, número 66, de 5 de abril de 2023.

La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de la totalidad de las participaciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 por remisión del artículo 52.1 LME, no procede ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión impropia. La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos balances de fusión, así como del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 LME.

Madrid, 13 de abril de 2023.- Representante Persona Física de "CHAMUEL HOLDING, S.L." Administradora única, María Luisa Zubeldía Aramburu.

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