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Documento BORME-C-2023-1817

THINKHOUSE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MONTELAR, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 80, páginas 2277 a 2277 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1817

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades Thinkhouse, S.L. y Montelar, S.A. Unipersonal celebradas el pasado 12 de abril de 2023, acordaron aprobar la fusión por absorción de Montelar, S.A. Unipersonal por parte de Thinkhouse, S.L. con disolución sin liquidación de la primera y el traspaso en bloque a Thinkhouse, S.L., de su patrimonio social a título de sucesión universal, quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, todo ello en los términos y condiciones del Proyecto de Fusión suscrito por los Administradores de dichas entidades y de los balances de fusión aprobados que fueron cerrados el 31 de diciembre de 2022. La fusión tiene efectos contables a partir del día 1 de enero de 2023.

Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión por absorción prevista en el artículo 23.2 de la LME, y de fusión simplificada prevista en el artículo 49 de citada Ley, al tratarse de una fusión de sociedades íntegramente participadas ya que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el Artículo 43.1 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el Artículo 44 de la Ley 3/2009 durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 24 de abril de 2023.- D. Mariano López de Ayala Genovés, Secretario No Consejero del Consejo de Administración de Thinkhouse, S.L. D. Santiago Vivas López, persona física representante de Thinkhouse, S.L., Administradora única de Montelar, S.A.U.

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