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Documento BORME-C-2023-1928

ALQUIBER QUALITY, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 82, páginas 2406 a 2408 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-1928

TEXTO

En cumplimiento de los artículos 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de ALQUIBER QUALITY, S.A. ("ALQUIBER" o la "Sociedad") celebrada el 9 de junio de 2022, aprobó bajo el punto cinco de su orden del día, el acuerdo que consta a continuación:

"Autorización para la adquisición derivativa de acciones de Alquiber Quality, S.A. (la "Sociedad") por parte de la propia Sociedad, al amparo de lo previsto en los artículos 146 y siguientes, cumpliendo los requisitos y limitaciones establecidos en la legislación vigente en cada momento todo ello en los términos siguientes:

a) Modalidades de adquisición: las adquisiciones realizadas por la Sociedad, podrán formalizarse, en una o varias veces, mediante compraventa, permuta o cualquier otro negocio jurídico válido en Derecho.

b) Número máximo de acciones a adquirir: el valor nominal de las acciones a adquirir, sumado, en su caso, al de las que ya se posean, directa o indirectamente, no excederá del porcentaje máximo legalmente permitido en cada momento.

c) Contravalor máximo y mínimo: el precio de adquisición por acción será como mínimo el valor nominal y como máximo el de cotización en la fecha de adquisición.

d) Duración de la autorización: esta autorización se otorga por un plazo de cinco años, a contar desde la fecha de celebración de la presente Junta General.

En virtud de la presente autorización, el Consejo de Administración podrá adquirir, mediante acuerdo directo o por delegación en la persona o personas a quienes el Consejo autorizará a estos efectos, acciones propias para mantenerlas en cartera, enajenarlas o, en su caso, amortizarlas, dentro de los límites legales y con cumplimiento de las condiciones previstas en este acuerdo.

La autorización incluye también la adquisición de acciones que, en su caso, hayan de ser entregadas directamente a los trabajadores o administradores de la Sociedad, y pago a los mismos de planes de incentivos basados en entrega de acciones.

La autorización a que se refiere el presente acuerdo cubre todas las operaciones de autocartera que se efectúen dentro de sus términos, sin necesidad de ser reiterada para cada una de las adquisiciones, así como las dotaciones o afectaciones de reservas que se efectúen de acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital.

El Consejo de Administración controlará especialmente que, en el momento en que se produzca cualquier adquisición comprendida en la presente autorización, se respeten las condiciones tanto establecidas por esta Junta General así como los requisitos exigidos por la Ley de Sociedades de Capital. La Sociedad, en cumplimiento de la normativa vigente, deberá informar al Mercado sobre los programas compraventa de acciones propias que sean acordados por el Consejo de Administración"

Autorizar al Consejo de Administración para reducir el capital social con el fin de amortizar las acciones propias de la Sociedad que ésta hubiera llegado a adquirir, con cargo al capital social (por su valor nominal) y a las reservas de libre disposición (por el importe de su adquisición que exceda de dicho valor nominal), por las cuantías que en cada momento se considere convenientes y hasta el máximo de las acciones propias en cada momento existentes.

Delegar en el Consejo de Administración la ejecución del precedente acuerdo de reducción de capital, a fin de que lo pueda llevar a cabo en una o varias veces, o también dejarlo sin efecto, dentro del plazo máximo de 5 años a contar a partir de la fecha de celebración de esta Junta General, realizando para ello cuantas actuaciones sean precisas o exigidas por la legislación vigente

En especial se delega en el Consejo de Administración, para que dentro de los plazos y límites señalados en el presente acuerdo, proceda a (i) ejecutar o dejar sin efecto la reducción de capital, fijando en su caso la o las fechas concretas de las operaciones, teniendo en cuenta los factores internos y externos que influyan en la decisión: (ii) concretar en cada caso el importe de la reducción de capital; (iii) determinar el destino del importe de dicha reducción de capital social; (iv) adaptar en cada caso el artículo 5º (Capital Social) de los Estatutos Sociales a la nueva cifra de capital y al nuevo número de acciones; (v) solicitar en cada caso la exclusión de cotización de las acciones amortizadas; y (vi) en general adoptar cuantos acuerdos se consideren precisos para la amortización y consiguiente reducción de capital, designando a las personas que deban llevar a cabo la formalización."

Al amparo del referido acuerdo, aprobado por la Junta General de Accionistas de Sociedad celebrada el 9 de junio de 2022, bajo el punto quinto de su orden del día, el Consejo de Administración de la Sociedad, en sesión celebrada el 24 de abril de 2023, haciendo uso de facultades delegadas por la Junta General de accionistas, acordó por unanimidad reducir el capital social, con la finalidad de incrementar las reservas voluntarias y legales, mediante la amortización de acciones propias de la Sociedad por un importe nominal de doscientos trece mil trescientos sesenta y dos euros con cargo a beneficios o reservas libres mediante la amortización de doscientas trece mil trescientas sesenta y dos acciones propias de ALQUIBER. Se hace constar que se ha dotado por un importe nominal de doscientos trece mil trescientos sesenta y dos euros (213.362,00 €) la reserva prevista en el art. 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, conforme a lo señalado en dicho precepto, los acreedores de la Sociedad no tendrán derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

Como consecuencia de la referida ejecución de la Reducción de Capital, el art. 5 de los Estatutos Sociales queda redactado como sigue:

"Artículo 5º.- Capital social

El capital social se fija en la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN EUROS (5.401.421,00€), dividido en 5.401.421 acciones de un (1) euro de valor nominal cada una, integrantes de una única clase y serie.

El capital social se encuentra totalmente suscrito y desembolsado. Todas las acciones gozarán de los mismos derechos y obligaciones establecidos en la Ley y en los presentes estatutos."

Asimismo, se comunica que la Sociedad solicitará la exclusión de cotización de las acciones a amortizadas en BME Growth y la cancelación de las mismas en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, SAU (IBERCLEAR).

El presente anuncio se encuentra asimismo disponible en la página web de la sociedad (www.alquiber.es)

Fuenlabrada, 24 de abril de 2023.- Secretaria no Consejera, Raquel Fernández Serrano.

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