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Documento BORME-C-2023-2037

VALDARRAGO, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INVERSIONES ROBLE ALTO, S.L.
OCCIDENS TERRA, S.L.
(AMBAS SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 84, páginas 2533 a 2533 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-2037

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "Ley de Modificaciones Estructurales"), en relación con los artículos 69, 73 y siguientes del mimo texto legal, se hace público que con fecha 26 de abril de 2023, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la Sociedad VALDARRAGO, S.L. (la "Sociedad Escindida") ha aprobado por unanimidad la Escisión Total de la referida Escindida VALDARRAGO, S.L., que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades beneficiarias INVERSIONES ROBLE ALTO, S.L. y OCCIDENS TERRA, S.L. (ambas, las "Sociedades Beneficiarias de nueva creación"), quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Escisión Total suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Escindida. Como consecuencia de la Escisión Total, dado que todas las sociedades intervinientes en la Escisión Total son sociedades de responsabilidad limitada, y los actuales socios de la Sociedad Escindida recibirán participaciones sociales de las dos Sociedades Beneficiarias en igual proporción a la que ostentaban previamente en la Sociedad Escindida, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales no resultan necesarios el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la misma Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de la Sociedad Escindida, a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el Proyecto de Escisión Total, y el Balance de Escisión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de la misma Sociedad Escindida de oponerse a la Escisión Total durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Plasencia (Cáceres), 26 de abril de 2023.- Antonio de Luís Hernández, Administrador Único de la Sociedad Escindida VALDARRAGO, S.L.

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