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Documento BORME-C-2023-2641

ALUMINIOS NERVION, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ALUMINIO ARTEAGA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 3265 a 3265 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-2641

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que los Socios de Aluminios Nervión, S.L. ( la "Sociedad Absorbente"), han decidido por unanimidad en Junta General Extraordinaria celebrada con fecha 11 de mayo de 2023, que se proceda a la fusión por absorción de Aluminio Arteaga, S.L.. (la Sociedad Absorbida), por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 10 de mayo de 2023 ( el "Proyecto de Fusión).

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las sociedades intervinientes en la operación de fusión son sociedades de responsabilidad limitada y que la decisión de fusión ha sido tomada por unanimidad por los socios de la Sociedad Absorbente, que es a su vez socio único de la Sociedad Absorbida, dicha fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4º LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por unanimidad por la totalidad de los socios de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto integro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y los términos previstos en el artículo 44 LME.

Burgos, 11 de mayo de 2023.- Los Administradores Solidarios, De Aluminios Nervión, S.L. Jose María Gomez Alonso y Rosa María Ruiz Arroyo y de Aluminio Arteaga, S.L., Jose María Gómez Alonso y David Gómez Ruiz.

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