Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-3091

HOTEL SEGRE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BERNAPOR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 3805 a 3806 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3091

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y concordantes de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME") se hace público que mediante juntas universales de socios de las entidades HOTEL SEGRE, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE), y BERNAPOR, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA) celebradas ambas el 10 de mayo de 2023, por unanimidad, se adoptó el acuerdo de fusión por absorción de la entidad BERNAPOR, S.L. que transmitirá, en bloque, todo su patrimonio social a la mercantil HOTEL SEGRE, S.L., la cual lo adquirirá en su integridad por sucesión universal, produciéndose, como consecuencia de lo anterior, la disolución sin liquidación de la sociedad BERNAPOR, S.L., todo ello de conformidad con los términos y condiciones del proyecto común de Fusión suscrito y formulado, en fecha 15 de febrero de 2023, por los órganos de administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión.

De conformidad con lo establecido en la citada ley "LME", la sociedad absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de la sociedad absorbida.

La fusión por absorción acordada es una fusión gemelar, esto es, una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52, apartado 1º de la Ley 3/2009, el cual regula los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas por los mismos socios en idéntica proporción (fusión gemelar o hermanas), llevándose a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el artículo 49.1 de la "LME", y en consecuencia no procede establecer el tipo de canje de las participaciones sociales, ni tampoco ampliar el capital social de la sociedad absorbente.

Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances de fusión de cada una de las sociedades participantes en la fusión cerrados ambos el día 31 de diciembre de 2022, habiendo sido debidamente aprobados por unanimidad en las Juntas Generales Universales de socios de ambas sociedades.

El acuerdo de fusión se ha adoptado en las Junta Generales Universales de socios de ambas sociedades por unanimidad, y se ha efectuado sin necesidad de publicar o depositar previamente el Proyecto de Fusión ni los demás documentos exigidos por la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley "LME" para el supuesto de acuerdo de fusión en Junta General Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto de ambas sociedades.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores y trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, de examinar en los domicilios sociales de éstas o de pedir la entrega o envío gratuito de copia de los documentos que se relacionan en el artículo 39 de la ley "LME", así como a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados junto con los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión por absorción, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello según lo establecido en el artículo 44 de la Ley "LME"

Rubí, 10 de mayo de 2023.- Administrador único de Hotel Segre, S.L. Roser Porras Pagés, Administrador único de Bernapor, S.L. David Porras Pagés.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid