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Documento BORME-C-2023-3652

POWERGO IBERIA S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ECOCHARGE CAR CHARGERS, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 4511 a 4511 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3652

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 Ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se publica que, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales celebradas el 22 de mayo de 2023 han aprobado por unanimidad el acuerdo de fusión impropia por absorción, en virtud del cual la sociedad POWERGO IBERIA S.L.", UNIPERSONAL absorbe a la Sociedad "ECOCHARGE CAR CHARGERS, S.L.", UNIPERSONAL, con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo en ello en los términos del proyecto común de fusión impropia suscrito el día 28 de abril de 2023 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por los socios de todas las sociedades implicadas en la operación.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de acuerdo con la Ley de Modificaciones Estructurales, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente, ni la aprobación del socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión impropia.

Se aprobaron los respectivos balances de fusión, adoptándose como tales los cerrados el día 31 de diciembre de 2022, en todos los casos balances de los últimos ejercicios cerrados, y las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de junio de 2023. No se producirá ninguna modificación estatutaria en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores de la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Valencia, 22 de mayo de 2023.- Administrador Único, Ramón Dolz Molla.

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