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Documento BORME-C-2023-373

TALLERES MECANICOS MANUEL ECHEVERRIA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 24, páginas 456 a 456 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-373

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad Talleres Mecánicos Manuel Echeverria, SA celebrada el día 23 de diciembre de 2022, acordó, por unanimidad, reducir el capital social por amortización de acciones propias. En concreto se acordó reducir el capital social en la cifra de 25.639,18 €, mediante la amortización de 4.266 acciones propias, números 6.401 a 9.600 y 11.733 a 12.798, todas inclusive, de 6,0101211 € de valor nominal cada una de ellas, titularidad de la sociedad, previamente adquiridas por acuerdo, asimismo, de su Junta de Accionistas.

Al quedar el capital social por debajo del mínimo legal, se acordó la ampliación simultánea en la cifra de 8.726,70€, mediante la creación de 1.452 nuevas acciones de 6,0101211 € de valor nominal cada una de ellas, números 12.801 a 14.252, ambas inclusive, que han sido asumidas en su totalidad por los actuales accionistas de la Sociedad.

Como consecuencia de la reducción y simultánea ampliación de capital, se aprueba la redacción del artículo 6 de los Estatutos Sociales, que tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 6º.- El capital social se fija en SESENTA MIL DIECISIETE EUROS con SIETE CENTIMOS DE EURO (60.017,07 €) dividido y representado por NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS ACCIONES NOMINATIVAS, con un valor nominal de 6,0101211 euros cada una de ellas numeradas de la 1 a la 6.400, de la 9.601 a la 11.732 y de la 12.799 a la 14.252, todas ellas inclusive, constitutivas de una misma clase y una única serie, totalmente suscrito y desembolsado.

La Junta General de Accionistas podrá acordar la emisión de acciones sin derecho de voto, en cuyo caso determinará la clase y serie y cumplirá los demás requisitos establecidos por la Ley".

La reducción de capital no implicará devolución de aportaciones de los accionistas, dado que, en el momento de la ejecución de la reducción, la sociedad será titular de las acciones a amortizar. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será la amortización de tales acciones propias.

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los acreedores de la Sociedad puedan formular su derecho de oposición a la citada reducción de capital y ampliación simultánea en el plazo de un mes, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Usurbil, 30 de enero de 2023.- El Administrador solidario, Don Jon Etxeberria Imaz.

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