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Documento BORME-C-2023-3830

ARGENSOLA PARC, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PORPRAT, S.L.
POMAR GESTIÓ I PATRIMONI, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 4709 a 4709 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3830

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de a Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de las mercantiles ARGENSOLA PARC, S.L., PORPRAT, S.L. y POMAR GESTIÓ I PATRIMONI, S.L., celebradas el día 20 de mayo de 2023, han acordado la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las sociedades absorbidas, las mercantiles PORPRAT, S.L. y POMAR GESTIÓ I PATRIMONI, S.L., con extinción sin liquidación de la misma a favor de la absorbente, la mercantil ARGENSOLA PARC, S.L., que adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes en la misma, con ampliación de capital social y correspondiente modificación estatutaria en la sociedad absorbente en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito el 1 de mayo de 2023 por el órgano de Administración de cada una de dichas compañías, que fue aprobado por unanimidad en la Junta Universal de socios, de ambas entidades. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los balances específicos cerrados a 31 de diciembre de 2022 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad y se fija el 1 de enero de 2023, como fecha de eficacia contable de dicha operación.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión y a los acreedores de cada una de ellas su derecho de oponerse a la fusión en el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Reus, 22 de mayo de 2023.- Administrador Único de Argensola Parc, S.L, Antonio Porta Prat.

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