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Documento BORME-C-2023-3878

MZK MEDICAL EUROPE S.L.P. (SOCIEDAD ESCINDIDA)
MZK MEDICAL DH MADRID S.L.P., MZK G. MALLORCA S.L.P. (SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 107, páginas 4772 a 4772 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3878

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), por remisión de lo establecido en el artículo 73 de la misma norma, se hace público que, con fecha 24 de mayo de 2023, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de MZK Medical Europe S.L.P. ("Sociedad escindida"), aprobó, por unanimidad, la escisión total de la misma mediante la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes de igual valor, para su traspaso respectivo en bloque, por sucesión universal, a dos sociedades de nueva creación denominadas "MZK Medical DH Madrid S.L.P." y "MZK G. Mallorca S.L.P." (en su conjunto "Sociedades beneficiarias"), adjudicando, a su vez, a cada uno de los dos únicos socios de la Sociedad escindida la totalidad de las participaciones sociales de una de las Sociedades beneficiarias, todo ello previa disolución sin liquidación de la sociedad objeto de la escisión total, y conforme a los términos del proyecto de escisión.

La presente escisión total se acoge al régimen previsto en el artículo 42 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma norma, por lo que el acuerdo de escisión se ha adoptado sin necesidad de depositar o publicar, previamente, los documentos exigidos por la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma norma, al haber sido adoptado el acuerdo de escisión por la Junta General de Socios de la sociedad escindida reunida con carácter universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto de la Sociedad escindida.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de escisión total, así como el derecho de oponerse a la escisión que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 de la misma norma.

Madrid, 24 de mayo de 2023.- Los Administradores Solidarios de MZK Medical Europe S.L.P, Don Marcos- Gaetano-Giuseppe Mazzuka y Doña Rosella Mazzuka.

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