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Documento BORME-C-2023-402

GESTORA INMOBILIARIA IBERICA 2000, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PARQUE LOGÍSTICO NORTE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 488 a 488 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-402

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo unánime de la Junta General Universal de Socios de GESTORA INMOBILIARIA IBERICA 2000, S.L. (Sociedad Absorbente) celebrada el 30 de enero de 2023 y así como mediante las Decisiones adoptadas con fecha 30 de enero de 2023 por el representante de dicha sociedad en su condición de Socio Único de PARQUE LOGÍSTICO NORTE, S.L.U. (Sociedad Absorbida), se aprobó la fusión por absorción entre dichas sociedades en virtud de la cual GESTORA INMOBILIARIA IBERICA 2000, S.L. absorbe la sociedad PARQUE LOGÍSTICO NORTE, S.L.U. con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, y sin ampliación de capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión.

La fusión ha sido aprobada por Unanimidad por la Junta Universal de Socios y Decisiones de Socio Único de todas las sociedades participantes, por lo que se aplica lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, y no se publica ni depositan previamente los documentos exigidos por la Ley, ni se emite informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión. A dicho efecto se deja constancia de que, siendo de aplicación el régimen para "Fusiones Especiales por Absorción de sociedades íntegramente participadas", establecido en el artículo 49 de la Ley 3/ 2009, no se emiten, por no ser exigibles, los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión suscrito por el Administrador Único de la Sociedad Absorbente y por la Administradora Única de la Sociedad Absorbida, de fecha 30 de enero de 2023. Asimismo, se informa que de conformidad con el artículo 36 de la Ley 3/2009, se aprobaron los Balances de Fusión cerrados a fecha 31 de diciembre de 2022.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Llinars del Vallès, 30 de enero de 2023.- Administrador único, David Montane Folch.

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