Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4057

ENERGY SOLAR TECH, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 111, páginas 4967 a 4969 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-4057

TEXTO

Aumento de capital social con derecho de suscripción preferente.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 304 y 503 (en relación con la disposición adicional decimotercera) del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades Capital") se comunica que el Consejo de Administración de ENERGY SOLAR TECH, S.A. ("EST" o la "Sociedad"), en su reunión celebrada el 6 de junio de 2023, ha acordado, al amparo de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 14 de abril de 2023 bajo el punto octavo de su Orden del Día, aumentar el capital social de la Sociedad con cargo a aportaciones dinerarias y con reconocimiento del derecho de suscripción preferente (el "Aumento de Capital").

A continuación se detallan los términos y condiciones más relevantes el Aumento de Capital:

1.- Importe y tipo de emisión del Aumento de Capital.- El importe nominal máximo del Aumento de Capital es de 3.761,754 euros y se realiza mediante la emisión y puesta en circulación de hasta 1.253.918 nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, de 0,003 euros de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las acciones de la Sociedad actualmente en circulación, representadas mediante anotaciones en cuenta (las "Nuevas Acciones"), cuyo registro contable estará atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. ("Iberclear") y a sus entidades participantes. Las Nuevas Acciones atribuirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones ordinarias de la Sociedad actualmente en circulación desde la fecha en que la Sociedad declare suscrito y desembolsado el Aumento de Capital.

Las Nuevas Acciones se emitirán con una prima de emisión de 6,377 euros por acción, lo que supone una prima de emisión total de 7.996.235,09 euros, y un tipo de emisión unitario (nominal más prima de emisión) de 6,38 euros por Nueva Acción, debiendo ser desembolsadas mediante aportaciones dinerarias. El importe efectivo total del Aumento de Capital, considerando el tipo de emisión unitario, ascenderá a 7.999.996,84 euros, sin perjuicio de la posible suscripción incompleta.

2.- Derecho de Suscripción Preferente.- Las Nuevas Acciones se emiten con reconocimiento del derecho de suscripción preferente a los accionistas de la Sociedad (distintos de la propia Sociedad) que hayan adquirido sus acciones hasta el día de la publicación del presente anuncio, inclusive (actualmente previsto para el 14 de junio de 2023), día hábil bursátil inmediatamente anterior al del inicio del periodo de suscripción preferente, y cuyas transacciones se hayan liquidado dentro de los dos días hábiles bursátiles inmediatamente siguientes (es decir, de acuerdo con la previsión actual, hasta el 16 de junio de 2023, inclusive).

De conformidad con el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas podrán ejercer sus derechos de suscripción preferente en la proporción de 1 Nueva Acción por cada 20 acciones de la Sociedad actualmente en circulación de las que sean titulares. Cada acción de la Sociedad actualmente en circulación otorgará el derecho a recibir un derecho de suscripción preferente.

3.- Periodo de Suscripción Preferente.- El periodo durante el cual los actuales accionistas de la Sociedad pueden ejercer sus derechos de suscripción preferente (el "Periodo de Suscripción Preferente") se iniciará el día siguiente al de la publicación del presente anuncio y finalizará transcurridos 27 días naturales (esto es, previsiblemente, desde el 15 de junio de 2023 hasta el 11 de julio de 2023, ambos inclusive).

Los derechos de suscripción serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital, y la Sociedad solicitará que los mismos sean negociables en el segmento de negociación BME Growth de BME MTF Equity ("BME Growth") durante los últimos cinco días hábiles bursátiles del Periodo de Suscripción Preferente (el "Periodo de Negociación"), esto es, previsiblemente, desde el 5 de julio de 2023 hasta el 11 de julio de 2023).

4.- Periodo de Asignación de Acciones Adicionales.- En el supuesto de que, finalizado el Periodo de Suscripción Preferente quedaran Nuevas Acciones sin suscribir, se abrirá un periodo de asignación de acciones adicionales (el "Periodo de Asignación de Acciones Adicionales") en el que se distribuirán las Nuevas Acciones sobrantes a aquellos titulares de derechos de suscripción preferente que los hayan ejercitado en su totalidad durante el Periodo de Suscripción Preferente y que hubieran solicitado suscribir Nuevas Acciones adicionales a las que les corresponderían por el ejercicio de sus derechos de suscripción preferente (las "Acciones Adicionales"), todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Documento de Ampliación Reducido publicado en BME Growth en relación con el Aumento de Capital (el "DAR").

5.- Periodo de Asignación Discrecional.- Si, finalizado el Periodo de Suscripción Preferente y el Periodo de Asignación de Acciones Adicionales, quedaran Nuevas Acciones sin suscribir (en adelante, la diferencia entre el total de Nuevas Acciones y la suma de las suscritas en el Periodo de Suscripción Preferente y en el Periodo de Asignación de Acciones Adicionales, las "Acciones de Asignación Discrecional"), se iniciará un periodo de asignación discrecional de esas acciones (el "Periodo de Asignación Discrecional") en el que podrán ser asignadas a aquellas personas o entidades que manifiesten a la Sociedad su interés en suscribirlas y desembolsaras, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el DAR publicado en BME Growth.

6.- Previsión de suscripción incompleta.- El acuerdo de Aumento de Capital ha previsto expresamente la posibilidad de suscripción incompleta, por lo que, en el supuesto de que el Aumento de Capital no fuera suscrito íntegramente, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones realizadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.

7.- Desembolso.- El valor nominal y la prima de emisión correspondientes a las Nuevas Acciones que se emitan en ejecución de este acuerdo serán desembolsados íntegramente por los suscriptores mediante aportaciones dinerarias en los términos y plazos que se establecen en el DAR.

8.- Incorporación a negociación.- La Sociedad solicitará la incorporación a negociación de las Nuevas Acciones en BME Growth. Igualmente, se solicitará la inclusión de las Nuevas Acciones en los registros contables de Iberclear.

9.- DAR.- El DAR, elaborado de conformidad con la Circular 2/2020, de 30 de julio sobre requisitos y procedimientos aplicables a los aumentos de capital de entidades cuyas acciones estén incorporadas a negociación en BME Growth, ha sido publicado por BME Growth el 12 de junio de 2023 y se encuentra disponible en la página web de la Sociedad (www.energysolartech.com) y en la página web de BME Growth (www.bmegrowth.es).

Madrid, 12 de junio de 2023.- El Secretario del Consejo de Administración de Energy Solar Tech, S.A., D. José María Calle Cano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid