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Documento BORME-C-2023-4138

SHUTON, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HUSILLOS IPIRANGA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 114, páginas 5072 a 5072 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4138

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que, en fecha 14 de junio de 2023, el accionista único de Shuton, S.A.U. (Shuton) y socio único de Husillos Ipiranga, S.L.U. (Ipiranga), esto es, la sociedad Nadella Ibérica, S.L.U., decidió aprobar la fusión por absorción de Ipiranga por parte de Shuton, quedando esta última como sociedad resultante, con la consiguiente disolución sin liquidación de Ipiranga y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a favor de Shuton.

Todo ello, de conformidad con los balances de fusión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2022, debidamente auditados y aprobados, y con el proyecto común de fusión de fecha 22 de mayo de 2023 suscrito y aprobado en esa misma fecha por los órganos de administración de sendas sociedades.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haber sido adoptado por decisión del accionista único y socio único de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, respectivamente. A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME.

Asimismo, se hace expresamente constar el derecho que asiste a los socios así como a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y demás información sobre la fusión, de acuerdo con lo recogido en el artículo 43 de la LME, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

En Legutio y en Urnieta, 14 de junio de 2023.- D. Jon Terrón Pérez, Secretario no consejero de Shuton, S.A.U. y de Husillos Ipiranga, S.L.U.

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