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Documento BORME-C-2023-4386

HIPER MANACOR S.A. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
SA PLETA DE S'ERA S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 5359 a 5360 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4386

TEXTO

De conformidad con el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sabre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que la Junta General de carácter universal de HIPER MANACOR, S.A., por unanimidad, ha adoptado, con fecha 27 de junio de 2023 la decisión de aprobar la fusión por absorción de SA PLETA DE S'ERA S.L.U., (Sociedad Absorbida), par parte de HIPER MANACOR, S.A. ("Sociedad Absorbente"), con disolución sin liquidación de aquella, y adquisición par sucesión universal de su patrimonio, activos y pasivos par parte de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 15 de mayo de 2023

Asimismo, se hace constar que la modalidad de fusión es la de fusión par absorción prevista en el artículo 23.2 de la LME, y de fusión simplificada prevista en el artículo 49 de citada Ley, al tratarse de una fusión de sociedades íntegramente participadas ya que la Sociedad Absorbente es titular directa del 100% del capital social de la Sociedad Absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LM E, (ii) los informes de Administradores y expertos sabre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la Sociedad Absorbida.

La decisión de fusión, conforme al proyecto común de fusión redactado por los administradores tanto de la Sociedad Absorbente como de la Sociedad absorbida, el día 15 de mayo de 2023, ha sido adoptado por unanimidad, por la Junta General de Accionistas de carácter universal de la Sociedad Absorbente sin que sea necesaria la aprobación de la fusión por la Sociedad Absorbida, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente las documentos exigidos por la Ley y sin informe de las Administradores sabre el proyecto de fusión.

En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2023. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a las socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Igualmente se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores y a los trabajadores de información sobre el objeto y alcance de la Fusión.

Manacor, 28 de junio de 2023.- El Secretario del Consejo de Administración de HIPER MANACOR S.A., (Sociedad Absorbente El Secretario del Consejo de Administración de SA PLETA DE S'ERA S.L.U. (Sociedad Absorbida),, AGUILO VENY S.L., representante. Pedro Gonzalo Aguilo Fuster. NICOLAU SUÑER S.L., representante, Cristina Nicolau Suñer.

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