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Documento BORME-C-2023-4593

BLAUDRIVE, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
DRIVETHECITY, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 5602 a 5602 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4593

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que, con fecha 22 de junio de 2023, los socio únicos de DRIVETHECITY, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y BLAUDRIVE, S.L.U. (Sociedad Absorbente), adoptaron la decisión de aprobar la Fusión Inversa por Absorción de BLAUDRIVE, S.L.U. (Sociedad Absorbente) a su socia única DRIVETHECITY, S.L.U. (Sociedad Absorbida), con la transmisión a título universal del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente.

La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de la totalidad de las participaciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 LME por remisión del artículo 52.1 LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones sociales, ni ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente, si bien el socio único de la Sociedad Absorbida pasa a ser titular directo de todas las participaciones sociales de la Sociedad Absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del Proyecto Común de Fusión.

Los Estatutos de la Sociedad Absorbente no sufren modificación alguna.

La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquél. Los Balances de Fusión son los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2022.

De conformidad con el artículo 39.2 de la LME, se hace constar el derecho de los representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes (no hay otros socios, ni obligacionistas ni titulares de derechos especiales) a obtener el texto íntegro de las decisiones del socio único adoptadas para la señalada Fusión, los Balances de Fusión, los Estatutos Sociales, las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios y el proyecto de escritura de fusión, todo ello de ambas sociedades intervinientes, así como cualquier otra información o documentación a la que legalmente tenga derecho o estime oportuna relacionada con la Fusión, mediante su puesta a disposición en la sedes sociales de las Sociedades, sitas en Calle Ciencias 77, Módulo 6, L'Hospitalet de Llobregat, Barcelona (08908), pudiendo pedir su entrega o envío gratuito por cualquier medio admitido en Derecho de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 39 LME. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Barcelona, 4 de julio de 2023.- Administrador único de Drivethecity S.L.U. y Blaudrive, S.L.U, BARTER INVERSIONES, S.L., a través de su representante persona física, doña Beatriz Trocolí Ceballos.

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