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Documento BORME-C-2023-4716

AGRO GESTIÓN SUBBÉTICA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

ANDALUCÍA TÍPICA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 132, páginas 5735 a 5735 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4716

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME") se hace público que las juntas generales de socios de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, ambas con carácter universal, han acordado por unanimidad, en el día de hoy, 6 de junio de 2023, el acuerdo de fusión por absorción de Agro Gestión Subbética, S.L. y Andalucía Típica, S.L., en virtud del cual la Sociedad Absorbida transmitirá en bloque todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, la cual lo adquirirá en su integridad por sucesión universal, produciéndose como consecuencia de lo anterior la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida. De conformidad con lo establecido en la LME, la Sociedad Absorbente se subrogará en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio de la Sociedad Absorbida.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme a los términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión suscrito y formulado por el Órgano de Administración de ambas sociedades intervinientes en la fusión, el día 5 de junio de 2023.

De conformidad con el artículo 42 de la LME, al haberse adoptado el acuerdo de fusión por absorción por los socios de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en junta universal y por unanimidad, no ha resultado necesaria la publicación o depósito previo del proyecto común de fusión por absorción ni la elaboración por parte de los administradores de un informe sobre el referido proyecto.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado junto con los balances de fusión. Del mismo modo, se hace constar también expresamente el derecho que asiste a los referidos acreedores a oponerse a la fusión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello según lo establecido en el artículo 44 de la LME

Córdoba, 6 de junio de 2023.- Administrador Único de ambas sociedades, Acisclo Marín Pérez.

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