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Documento BORME-C-2023-4755

SHEFA GOLD, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MADIBA MINERALS, S.L.
RONAR MINING, S.L.
WEST AFRICA MINERALS, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 5784 a 5784 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4755

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que por acuerdo de las juntas generales extraordinarias y universales de socios de Shefa Gold, S.L. (Sociedad Absorbente) y de las Sociedades Absorbidas Madiba Minerals, S.L., Ronar Mining, S.L. y West Africa Minerals, S.L., todas ellas de 6 de julio de 2023 se ha acordado por unanimidad de los socios la fusión por absorción de Madiba Minerals, S.L., Ronar Mining, S.L. y West Africa Minerals, S.L. por Shefa Gold, S.L. siendo las primeras las Sociedades Absorbidas y la última la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de su patrimonio a favor de la Sociedad Absorbente, Shefa Gold, S.L. que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, según los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de 6 de julio de 2023, suscrito por los administradores de las cuatro sociedades, ampliando la Sociedad Absorbente el capital social en la cifra correspondiente. Los balances de fusión son los cerrados a fecha de 31 de marzo de 2023, debidamente aprobados por unanimidad en juntas generales ordinarias y universales de socios de la Sociedad Absorbente y de las tres Sociedades Absorbidas, que no precisan de verificación por auditores de cuentas.

La fusión se ha acordado en acuerdo unánime de fusión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la LME, por lo que no procede la publicación o depósito previo de los documentos exigidos por la Ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente distinta de la relativa al capital social.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 7 de julio de 2023.- Administrador solidario de Shefa Gold, S.L., Ronar Mining, S.L. y West Africa Minerals, S.L. y consejero delegado de Madiba Minerals, S.L, Carlos Narbona Hierro.

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