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Documento BORME-C-2023-4762

HM MACAT SA

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 5791 a 5791 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-4762

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital se hace público que la Junta General de accionistas de HM MACAT, S.A. (la "Sociedad") celebrada el 29 de junio de 2023, en el domicilio social, en primera convocatoria, acordó con las mayorías legal y estatutariamente exigidas, reducir el capital social en la suma de seiscientos diecinueve mil novecientos setenta euros con cincuenta céntimos de euro (619.970,50€), mediante la amortización de cuatro mil setenta y cinco (4.075) acciones de la Serie A, con un valor nominal de ciento cincuenta y dos euros con catorce céntimos de euro (152,14€) por acción, con la finalidad de devolver el valor de sus aportaciones a los accionistas titulares de las mismas.

Como consecuencia de la reducción acordada se modifica el artículo 5 de los estatutos sociales, fijándose el capital social en la suma de cincuenta y seis millones quinientos veintiocho mil setenta y tres euros con cuarenta y dos céntimos de euro (56.528.073, 42€) dividido en trescientas setenta y una mil quinientas cincuenta y tres (371.553) acciones nominativas de ciento cincuenta y dos euros con catorce céntimos de euro (152,14€) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 371.553, ambas inclusive. Todas las acciones están totalmente suscritas y desembolsadas.

El acuerdo de reducción de capital es de ejecución inmediata desde el mismo momento de celebración de la Junta, por lo que desde el mismo los accionistas afectados por el mismo, tendrán a su disposición en la Secretaría de la Sociedad (mjmartinez@hmhospitales.com) un cheque nominativo con el importe correspondiente a sus acciones.

Los acreedores de la Sociedad tendrán derecho a oponerse a la reducción de capital en los términos y plazos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC").

En todo caso, si en el plazo de un (1) mes previsto en el artículo 336 de la LSC algún acreedor, cuyo crédito hubiese nacido con anterioridad a la publicación del último anuncio y reuniendo las condiciones del artículo 334 de la LSC, se opusiese al acuerdo de reducción de capital, la Sociedad se comprometa a garantizar dicho crédito.

Barcelona, 3 de julio de 2023.- El Administrador Único de la Sociedad HM ESTE S.L, representada por Don Alejandro Abarca Cidon, .

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