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Documento BORME-C-2023-4835

GRUPO INMOBILIARIO DOSSAU, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BUSA 55, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 5869 a 5869 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4835

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, se hacen públicos las siguientes decisiones adoptadas por el socio único de GRUPO INMOBILIARIO DOSSAU, S.L.U. y acuerdos adoptados por unanimidad por la junta general ordinaria y universal de socios de BUSA 55, S.L., en ambos casos el día 20 de junio de 2023:

1º, Aprobar la fusión por absorción de la sociedad BUSA 55, S.L. por parte de la sociedad GRUPO INMOBILIARIO DOSSAU, S.L.U., con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los bienes, derechos y obligaciones de la absorbida.

2º, Aprobar como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2022.

3º, Aprobar las condiciones de la fusión, y entre ellas:

4º, Aprobar que, a efectos contables, las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por la absorbente desde el día 1 de julio de 2023.

5º, Dejar constancia de que en la sociedad absorbente no se atribuyen ningún tipo de ventajas a favor de los administradores de las sociedades que participan en la fusión ni derechos especiales diferentes de las participaciones.

6º, Aprobar el tipo de canje, de forma que a los socios de la sociedad absorbida se les ha asignado 1 participación social de la sociedad absorbente por cada 1,180358829 participaciones de la sociedad absorbida.

7º, Aumentar el capital social de la sociedad absorbente en 10.590,- €, mediante la creación de 21.180 nuevas participaciones de 0,50 € de valor nominal cada una de ellas, con una prima de emisión de 22,7851029273 € por participación; las 21.180 participaciones se asignan a los dos socios de la sociedad absorbida de forma proporcional a sus respectivas participaciones en el capital social de la sociedad absorbente, junto con una compensación complementaria de 219,77 €.

8º, Acoger la fusión al régimen fiscal especial.

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la misma Ley, se informa del derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de la fusión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, que tendrá que ser ejercitado según dicha ley, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 21 de junio de 2023.- Administrador único de la sociedad absorbente, Eduard Torres Guals.

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