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Documento BORME-C-2023-5070

CASER RESIDENCIAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

C Y E BADAJOZ SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 142, páginas 6125 a 6125 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5070

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que el día 26 de julio de 2023, los accionistas únicos de Caser Residencial, S.A.U. (en adelante, "Caser Residencial" o la "Sociedad Absorbente") y de C y E Badajoz Servicios Sociosanitarios, S.A.U. (en adelante, "C y E Badajoz" o la "Sociedad Absorbida"), han aprobado la fusión por absorción de C y E Badajoz a favor de Caser Residencial. La operación de fusión supone la extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, y adquisición por sucesión universal de todos sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente. La Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida serán referidas de forma conjunta, en lo sucesivo, como las "Sociedades Intervinientes".

El acuerdo de fusión ha sido aprobado en los términos previstos en el proyecto común de fusión (en adelante, el "Proyecto") redactado y suscrito por todos los administradores de las Sociedades Intervinientes con fecha 28 de junio de 2023. La fusión se realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de la LME, al tratarse de una fusión por absorción gemelar en la que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están íntegramente participadas por el mismo accionista.

Asimismo, se hace constar expresamente (i) el derecho que asiste a los accionistas, acreedores y representantes de trabajadores de las Sociedades Intervinientes a examinar en el domicilio social el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, del proyecto, de las cuentas anuales y de los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, y en su caso de los informes de auditoría de las sociedades en que fueran legalmente exigibles, así como obtener la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos; y (ii) el derecho de los acreedores y obligacionistas de las Sociedades Intervinientes cuyos créditos no se hallen suficientemente garantizados en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, a oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de acuerdo de fusión.

Madrid, 26 de julio de 2023.- Antonio García Ortiz y Mario Abajo Ménguez y Francisco Javier Ortiz Cas, Administradores Mancomunados de C y E Badajoz, Servicios Sociosanitarios, S.A.U. y Secretario Consejero de Caser Residencial, S.A.U., respectivamente.

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