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Documento BORME-C-2023-5401

MASALO INVEST, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
REINGENNING BLUE SKY, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN, YA EXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 6505 a 6505 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5401

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73 y 43 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de MASALO INVEST, S.L. y de REINGENNING BLUE SKY, S.L., celebradas el día 28 de julio de 2023 aprobaron, por unanimidad, la escisión parcial impropia de carácter financiero de MASALO INVEST, S.L., mediante la segregación de su patrimonio de la cartera de valores consistente en las participaciones sociales de las sociedades MASALO BCN, S.L. y IOS BY MASALO, S.L. de la que es propietaria la sociedad escindida y que se traspasa en bloque a la sociedad limitada preexistente REINGENNING BLUE SKY, S.L.

La sociedad beneficiaria adquirirá por sucesión, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, en los términos y condiciones tanto del Proyecto de Escisión conjunto suscrito por el Órgano de Administración de ambas sociedades intervinientes en la escisión en fecha 30 de junio de 2023, y presentado para su depósito voluntario en el Registro Mercantil de Girona en fecha 17 de julio de 2023, calificado favorablemente por dicho Registro en fecha 20 de julio de 2023, y del acuerdo de escisión parcial adoptado por unanimidad por cada una de las sociedades intervinientes en la escisión.

A tal efecto, se informa que en la escisión parcial de carácter financiero se ha tomado como Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2022, y teniendo la escisión efectos contables desde el día 1 de enero de dos mil 2023.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de MASALO INVEST, S.L. y REINGENNING BLUE SKY, S.L. de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión de dichas sociedades, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de la Compañía.

Los acreedores pueden oponerse a la escisión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la escisión todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Les Planes d'Hostoles (Girona), 31 de julio de 2023.- Administradores Solidarios, Don Marc Masaló Codina y Don Jaume Masaló Masana.

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