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Documento BORME-C-2023-5699

HOTELES BENIDORM, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RESIDENCIAL PLAYA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA

Publicado en:
«BORME» núm. 174, páginas 6852 a 6852 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5699

TEXTO

Se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias Universales de las Sociedades "Hoteles Benidorm, S.L." (Sociedad absorbente) y "Residencial Playa, S.A." (Sociedades absorbida), celebradas todas ellas con fecha 30 de junio de 2023, adoptaron por unanimidad de todos sus socios los acuerdos de fusión mediante la absorción de "Residencial Playa, S.A., con extinción por disolución sin liquidación de la misma y transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad absorbente "Hoteles Benidorm, S.L.", que adquiere por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de las Sociedades absorbidas, ampliando su capital social, con subsiguiente modificación del artículo 5º de los Estatutos de la absorbente, en un nominal de 326.949,44.- euros, mediante la creación de 544 participaciones sociales, de valor nominal cada una de 601,01.- euros - más una prima de emisión de 9.929.807,52.- euros-, que son suscritas, en cada caso, por los socios de la entidad absorbida en proporción a su participación en el capital social de la misma. Al ser adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por todos los socios de las entidades absorbente y absorbida, se aplica a la presente fusión el artículo 42 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

El acuerdo de fusión por absorción de las entidades "Hoteles Benidorm, S.L." y "Residencial Playa, S.A.", ha tenido como base el proyecto de fusión suscrito con fecha 17 de junio de 2023 por los órganos de administración de ambas Entidades, no habiendo sido necesario su depósito en el Registro Mercantil de Alicante, en aplicación del artículo 42 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y se ajusta al mismo.

Se anuncia el derecho que asiste a los socios de las sociedades participantes en la fusión y a los acreedores de estas de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los referidos acreedores de oponerse a la fusión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Igualmente, se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores, a ellos mismos y a los socios de las mercantiles participantes en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada Entidad participante de la fusión, copia de los documentos de esta a que se hace referencia en el artículo 39 de la repetida Ley 3/2009, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.

Benidorm, 4 de septiembre de 2023.- El Secretario del Consejo de Hoteles Benidorm, S.L. (D. Ramón Martínez Gallinar), Y el Administrador Único de Residencial Playa, S.A. (D. Jaime Martínez Gallinar).

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