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Anuncio de Escisión Parcial
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Ordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad Grup Sogeur Solucions Projectes Immobiliaris S.L., celebrada el 27 de Abril de 2023, y las Juntas General Ordinaria y Universal de Socios de Impulsa Integral S.L.U. y de Nicoa S.L., celebradas el 27 de Abril de 2023, acordaron por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad Grup Sogeur Solucions Projectes Immobiliaris S.L., a favor de las sociedades ya existentes Impulsa Integral S.L.U. y de Nicoa S.L.
La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte de patrimonio que constituye la rama de actividad de la Sociedad escindida consistente en la unidad económica formada por su actividad enla gestión y explotación su cartera inmobiliaria que tiene a través de la titularidad de la compañía Oficina Técnica 2000, S.L., de la cual Grup Sogeur Solucions Projectes Immobiliaris S.L., ostenta la titularidad del 100,00%,a favor de las Sociedades beneficiarias ya existentes Impulsa Integral S.L.U. y de Nicoa S.L. recibiendo los accionistas de la sociedad escindida un número de participaciones sociales en la sociedades beneficiarias proporcional a la respectiva participación (cuantitativa y cualitativa) en la sociedad escindida. La escisión implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la totalidad de las participaciones de Oficina Técnica 2000 S.L. propiedad de Grup Sogeur Solucions Projectes Immobiliaris S.L. a favor de las sociedades Impulsa Integral S.L.U. y Nicoa S.L.
Escisión parcial acordada sobre el balance de escisión aprobado de fecha 31 de Diciembre de 2.022.
Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad escindida Grup Sogeur Solucions Projectes Immobiliaris S.L., reducirá su capital social y sus reservas legales en la cuantía necesaria, modificando el artículo 5 de los Estatutos sociales relativo a la cifra del capital social.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, en relación con su artículo 73, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial adoptado y del balance de escisión de las sociedades intervinientes. Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de la publicación del acuerdo de escisión parcial, podrán oponerse a la misma, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.
Barcelona, 15 de mayo de 2023.- Secretario Consejo de Administración de Grup Sogeur Solucions Projectes Immobiliaris, S.L. Xavier Prat Castellà.
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