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Documento BORME-C-2023-5956

RESIDENCIAS FAMILIARES PARA MAYORES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SERVICIOS GERIÁTRICOS DE LA ALPUJARRA, S.L.U.
RESIDENCIA GERIÁTRICA EL PARQUE, S.L.U.
GROUPE OMEGA ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 7155 a 7155 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5956

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 26 de julio de 2023, el socio único de la sociedad Residencias Familiares para Mayores, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión por absorción de las sociedades Servicios Geriátricos de la Alpujarra, S.L.U., Residencia Geriátrica el Parque, S.L.U. y Groupe Omega España, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), por parte de la Sociedad Absorbente (la "Fusión") en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2023 (el "Proyecto de Fusión").

La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente (conjuntamente, las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Las Sociedades Absorbidas se encuentran íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente y, por lo tanto, de conformidad con lo previsto en los apartados 2º, 3º y 4º del artículo 49.1 LME, no son preceptivos los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, así como tampoco lo es la ampliación de capital social de la Sociedad Absorbente, ni la aprobación de la Fusión por el socio único de las Sociedades Absorbidas. Asimismo, de conformidad con el artículo 42 LME, la Fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los respectivos balances de fusión, así como su derecho de oponerse a la Fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Marbella (Málaga), 12 de septiembre de 2023.- D. Philippe Dominique Eric Morin en nombre y representación de Korian Residencias Spain 2018, S.L.U, Administrador único de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas.

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