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Documento BORME-C-2023-6

AGRUDISPA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 7 a 8 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-6

TEXTO

Anuncio conforme al artículo 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital para el ejercicio del derecho de suscripción preferente de nuevas acciones por aumento de capital.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de AGRUDISPA SA celebrada el 22 de diciembre de 2022 adoptó, entre otros, el acuerdo de aumentar capital social mediante aportaciones dinerarias, con derecho de suscripción preferente de los accionistas.

Los términos del acuerdo y las condiciones del ejercicio del derecho de suscripción preferente de los accionistas son las que a continuación se indican.

La entidad ha acordado un aumento de capital con cargo a aportaciones dinerarias de los socios por importe de ciento veintinueve mil doscientos diecinueve euros con treinta céntimos (129.219,30 €) mediante la emisión de cuatrocientos treinta nuevas acciones nominativas de trescientos euros con cincuenta y un céntimos de valor nominal (300,51 €). De esta forma, las nuevas acciones tendrán el mismo valor nominal de las anteriormente existente. Las nuevas acciones atribuirán a sus titulares los mismos derechos que las antiguas, una vez suscritas.

Los socios de la entidad tendrán derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones pudiendo suscribir un número de acciones proporcional a su participación en el capital social. De esta forma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 304.1 de la Ley de Sociedades de capital los accionistas que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente podrán suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean. A estos efectos, los socios comunicarán, por escrito, a la sociedad su deseo de acudir a la ampliación de capital. Los socios que, en ejercicio de su derecho de suscripción preferente, deseen acudir a la ampliación de capital deberán comunicarlo por escrito a la sociedad, concretando el número de acciones solicitado, y en todo caso, deberán desembolsar íntegramente el importe que pretendan suscribir mediante transferencia bancaria a la cuenta de la sociedad número ES81 – 0128 – 7720 – 4105 – 0000- 4763 en el plazo máximo de un mes desde que se publique en el Boletín del Registro Mercantil el anuncio de suscripción de nuevas acciones. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven. Los derechos de suscripción preferente no ejercitados durante el plazo indicado se extinguirán automáticamente en el momento en que dicho plazo finalice. Las acciones no suscritas en el ejercicio del derecho de preferencia por parte de los accionistas serán ofrecidas por el órgano de administración a los accionistas que, en su caso, lo hubieren ejercitado, para su suscripción y desembolso durante un plazo 10 días a contar desde la finalización del plazo de un mes anterior. Si existieren varios accionistas interesados en asumir las acciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la Sociedad. El desembolso íntegro de las acciones que deseen suscribir los accionistas en esta segunda ronda deberá estar realizado en la cuenta concretada dentro del citado plazo de 10 días. De esta forma, el desembolso de las nuevas acciones que deberá realizarse íntegramente en el momento de su suscripción por quienes acudan a la ampliación, con aportaciones dinerarias a razón de 300,51 euros por cada nueva acción suscrita. Se prevé expresamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311.1 de la Ley de Sociedades de Capital, que el aumento de capital pueda llevarse a efecto por el importe de las acciones efectivamente suscritas, aunque resulte inferior al proyectado, previéndose, por tanto, la posibilidad de que el aumento puede resultar incompleto, es decir, no por la totalidad de la cantidad propuesta. El órgano de administración queda facultado para ejecutar el acuerdo de aumento de capital.

Carmona, 22 de diciembre de 2022.- Administrador Unico, Rafael Vázquez Pérez.

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