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Documento BORME-C-2023-608

HIERROS GÓMEZ, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 36, páginas 744 a 744 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-608

TEXTO

Reducción de capital por devolución de aportaciones y consecuentemente modificación del artículo 5 de los estatutos sociales:

En cumplimiento del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de HIERROS GÓMEZ SA, en su reunión de 16 de febrero de 2.023, y a los efectos de devolver aportaciones a los accionistas afectados por la presente reducción de capital social (en adelante Accionistas interesados), acordó, por unanimidad y con las votaciones y los requisitos legalmente establecidos, reducir el capital social de la entidad, actualmente fijado en tres millones dos mil cuatrocientos tres euros con tres céntimos (3.002.403,03 €) en la suma de un millón ochocientos mil un euro con ochenta y tres céntimos (1.800.001,82 €), quedando fijado el citado capital social, en la suma de un millón doscientos dos mil cuatrocientos un euro con veintiún céntimos (1.202.401,21€), mediante la amortización de mil quinientas acciones (1.500) de 1.200,001211 euros de valor nominal cada una de ellas.

Como resultado de lo anterior, se acordó dar nueva redacción al artículo 5 de los estatutos sociales relativos a la cifra de capital social de la entidad, que una vez inscrita la mencionada reducción será de:

Un millón doscientos dos mil cuatrocientos tres euros con tres céntimos de euro (1.202.403,03 euros).

Dicho capital está dividido y representado por mil dos (1.002) acciones nominativas, de 1.200,001211 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del uno al mil dos, ambas inclusive.

Se deja expresa constancia de que la amortización de las acciones sociales constan debidamente inscritas en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la misma.

Derecho de oposición de acreedores: En virtud de lo dispuesto en el artículo 334.1 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores cuyos créditos hayan nacido antes de la fecha del anuncio de la reducción de capital, no hayan vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, tendrán el derecho de oponerse a la presente operación de reducción de capital. El derecho de oposición habrá de ejecutarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha del presente anuncio en los términos establecidos en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Ibiza, 16 de febrero de 2023.- Administrador unico, Guillermo González Rueda.

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