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Documento BORME-C-2023-6243

SAT 425 VALERO AGRICOLA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SAT 4.728 GUADASUAR AGRÍCOLA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 7494 a 7494 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-6243

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), derogada, pero aplicable con carácter analógico y subsidiario a la fusión de las sociedades agrarias de transformación en la fecha de firma del proyecto de fusión.

Se hace público que las asambleas generales universales de socios de SAT núm. 425, "VALERO AGRÍCOLA" (la "sociedad absorbente"), y de SAT núm. 4.728, "GUADASUAR AGRÍCOLA", (la "sociedad absorbida"), celebradas con fecha 30 de junio de 2023, han aprobado, en calidad de sociedad absorbente y sociedad absorbida (las "sociedades a fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 15 de junio de 2023 (el "proyecto de fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. La sociedad absorbente realiza una ampliación de capital, otorgando a los socios de la sociedad absorbida resguardos nominativos para atender al tipo de canje que se propone en el proyecto de fusión, aprobado por unanimidad en ambas asambleas.

Dado que los acuerdos han sido tomados en ambas Asambleas con carácter universal por unanimidad, por analogía y en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, no fue necesario publicar o depositar previamente el Proyecto Común de Fusión en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Valenciana.

Se hace constar a todos los socios de ambas entidades, así como a sus acreedores, del derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos, el proyecto de fusión y los balances de fusión tal como establece el artículo 43 de la LME. Los cuales, a tal efecto, se encuentran a su disposición en la sede de las sociedades sita en el Vedat de Torrente (Valencia), calle Gregorio Mayans número 6, para su copia y consulta.

En cumplimiento con el artículo 44 de la LME, se informa que los acreedores con créditos pendientes con cualquiera de las sociedades, disponen del plazo de un mes desde la fecha de este anuncio para oponerse a la fusión hasta que se les garanticen tales créditos, no pudiendo ejercer este derecho los acreedores cuyos créditos ya se encontrara suficientemente garantizados. Así mismo, los obligacionistas podrán ejercer el derecho de oposición en los términos del citado artículo 44 de la LME.

El Vedat de Torrente (Valencia), 17 de octubre de 2023.- Secretaria de los Juntas Rectoras, María Jose Valero Chuliá.

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